Estimados, espero que anden todos bien, vengo a consultarles por un caso que me llego, y dudo la estrategia a seguir.
sucesion en capitall federal,
matrimonio, entre A (segunda nupcias) y B (primeras nupcias), de este matrimonio no tuvieron hijos, sus padres estan fallecidos. A tiene un hijo fruto de su primer matrimonio que reside en Italia.
A fallece en 2014, no se abre su sucesion
B fallece en el 2019, el hijo de A ni se entera
en 2019 se presenta C la hermana de B, diciendo que del matrimonio A-B no hubo hijos y que como ella es heredera colateral de B, lo hereda y por eso tambien hereda a A....asi mismo se dicta la declaratoria herederos
todavía no se inscribieron bienes,
Ya tengo poder de hijo de A, no hay dudas de que si me presento corro a C hermana de B... de ser heredera de A
pero la pregunta es esta
el hijo de A declaro su heredero universal, puede por derecho de representacion correr a la hermana de B, ya que la conyuge A en este caso representada por su hijo la desplaza_?
seria asi? Articulo 2435 Exclusión de colaterales (herman de B), A falta de descendientes y ascendientes (de B), el cónyuge (A) hereda la totalidad, con exclusión de los colaterales (hermana de B)
en este caso se aplica la representaci[on del hijo de A para correr a la hermana de B?
gracias a todos por el importante aporte que siempre hacen,
sucesion en capitall federal,
matrimonio, entre A (segunda nupcias) y B (primeras nupcias), de este matrimonio no tuvieron hijos, sus padres estan fallecidos. A tiene un hijo fruto de su primer matrimonio que reside en Italia.
A fallece en 2014, no se abre su sucesion
B fallece en el 2019, el hijo de A ni se entera
en 2019 se presenta C la hermana de B, diciendo que del matrimonio A-B no hubo hijos y que como ella es heredera colateral de B, lo hereda y por eso tambien hereda a A....asi mismo se dicta la declaratoria herederos
todavía no se inscribieron bienes,
Ya tengo poder de hijo de A, no hay dudas de que si me presento corro a C hermana de B... de ser heredera de A
pero la pregunta es esta
el hijo de A declaro su heredero universal, puede por derecho de representacion correr a la hermana de B, ya que la conyuge A en este caso representada por su hijo la desplaza_?
seria asi? Articulo 2435 Exclusión de colaterales (herman de B), A falta de descendientes y ascendientes (de B), el cónyuge (A) hereda la totalidad, con exclusión de los colaterales (hermana de B)
en este caso se aplica la representaci[on del hijo de A para correr a la hermana de B?
gracias a todos por el importante aporte que siempre hacen,