Buen día, consulta:
Estoy por hacer un reclamo de recompensa por construcción con patrimonio ganancial en un bien propio, la duda es que en ese bien propio vivieron 20 años si pagar locación, puede haber compensación.
Se que en Civil el canon locativo es exigible desde la puesta en mora, o sea no procede la compensación, pero en familia no lo sé.
Los leo y gracias anticipadas.
Estoy por hacer un reclamo de recompensa por construcción con patrimonio ganancial en un bien propio, la duda es que en ese bien propio vivieron 20 años si pagar locación, puede haber compensación.
Se que en Civil el canon locativo es exigible desde la puesta en mora, o sea no procede la compensación, pero en familia no lo sé.
Los leo y gracias anticipadas.
¿A quién va usted a creer, a mí o a sus propios ojos? G. Marx