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  • PRIMERA LIQUIDACION BLUECORP Y JAUREGUI CON DIFERENCIAS (BASTANTE)

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1304274  por Lan
 
Hola colegas, como están? En mi primer reajuste. En la demanda acompañé un calculo de bluecorp que me hizo una chica que ya no los hace mas. Ahora para la ejecución se lo encargue a otra (hizo Jauregui). Estoy revisando ambas. Los datos que cargan están ok. Pero: Una en haber de caja pone el mismo ingreso base que Anses (y el total le da menos) y otra el total le da igual pero pone un ingreso base mayor al de Anses. Es mucha la diferencia y por tanto en la liquidación general. Por ej una calcula a 2017 haber en 40.000 y la otra en $ 50.000. Yo no entiendo nada y me da inseguridad presentarla. Que hago? alguien me podrá orientar? pago una tercera??? Alguien sabe que parámetros debo tener para ver si esta ok o es cualquier cosa? :cry: GRACIAS A TODOS POR LA AYUDA DE SIEMPRE!
 #1304346  por lucky
 
1) El haber de caja tiene que coincidir con el de ANSES porque sino te lo pueden observar. Por eso ambos programas permiten rectificarlo a mano porque muchísimas veces el error del cálculo es del mismo ANSES (y se suelen equivocar bastante). El juzgado se fija que haya coincidencia en ese haber inicial de caja (solamente el juzgado 10 pide, además, la "evolución" del haber de caja). Para eso hay que ver si coincide el promedio (ingreso base) en RRDD y en AUT con el "detalle del beneficio" de ANSES.

2) Sobre lo que decís, hay que diferenciar el haber a la "fecha de adquisición del derecho" del haber a la "fecha de alta".
No sé bluecorp, pero el de Jáuregui calcula el haber a la fecha de adquisición (que es lo que corresponde). Esto quiere decir que entre la fecha de adquisición y la fecha de alta transcurre un tiempo (a veces muchos meses) en el que hay aumentos de la jubilación.
Por eso hay que cotejar el haber de caja con el de ANSES al mes de alta, porque es la fecha a la que lo calcula ANSES (incluso muchas veces sin el aumento del mes previo, si hubo algún aumento).

3) Acá lo principal más que el haber de caja es el haber reajustado. Y para eso tenés que fijarte en las diferencias del retroactivo, si están bien cargados los "percibidos" para que calcule bien esas diferencias. Por eso te piden la clave de seguridad social o el RUB histórico. EN ESO SE FIJAN MUCHO LOS JUZGADOS Y ES LOGICO.

4) Además fijate si están bien cargados los índices (ELLIFF, BADARO, etc...), y los topes de acuerdo a las pautas de la sentencia.
 #1304517  por lucky
 
Corrijo algo porque me expresé mal.
No es que ANSES calcula el haber a la fecha de alta, sino que el que pone en la Resolución y en su liquidación es el haber a la fecha de alta. Y el de la fecha de alta es distinto que el de la fecha de adquisición del derecho.
Por eso hay que compararlos bien con el que calculan los programas.
 #1305783  por Lan
 
Hola Lucky! ya mas o menos entendí, consulta: Para controlar los percibidos son desde dos años anteriores al reclamo a hoy, no? o desde el primer cobro a hoy? Seria en: "movilidad del haber reajustado" acá no me coincide con recibos o en: "Detalle de la retroactividad adeudada como consecuencia del reajuste en la Ley 24.241" acá si me coinciden casi todos (hay diferencias en 3 meses de $ 10 y después en otros meses solo centavos) Gracias!!!
 #1306057  por lucky
 
Los percibidos que tenés que controlar (que son los que carga la persona que liquida) tienen como punto de partida
el 1er día no prescripto (generalmente 2 años anteriores al reclamo administrativo o a veces fecha de adquisición del derecho cuando esta fecha es menor).
Son los importes que aparecen en la 3ra liquidación o anexo, es decir el "detalle de la diferencia adeudada" (que es el retroactivo).
En esa 3ra liquidación vas a ver las columnas de izquierda a derecha: mes y año, PERCIBIDO, reajustado, etc...
Allí en el PERCIBIDO se carga el HABER BRUT[/b]O (NO se carga el aguinaldo porque el sistema lo calcula automáticamente con las diferencias).
Entonces vas comparando mes a mes con las liquidaciones mensuales de MI ANSES ,que estén bien cargados los percibidos todos los meses porque en eso se fijan mucho los juzgados.
Como todos los programas permiten la carga manual del PERCIBIDO no debería haber diferencias porque el operador carga lo que efectivamente cobró el beneficiario. No le puede errar si tiene la información de MI ANSES.
Si es poca la diferencia como decís (centavos o pocos pesos) probablemente el juzgado no diga nada.

En cuanto a lo que decís que no te coincide lo que cobró con la "movilidad del haber reajustado" es lógico porque precisamente es el HABER REAJUSTADO, es decir lo que le debería pagar ANSES.