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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1311120  por lex30
 
Hola. les consulto por una sra que tiene aprtes de sdm para dos casas, de un empleador tengo el formulario firmado, de la otra empleadora no porque no quiere firmar y no hay trato, me dijeron en anses que agrefie el formulario 6.294 de que no posee mas pruebas y que no presento el formulario. Mi consulta es, tengo que agregar ese periodo al sicam? no va a usar esos años porque encima tiene mucha deuda, el tema es que si lo agrego me quedaria un sicam de 40 años (trabajo 10 con esta dadora pero figura mucha deuda)
 #1311121  por lex30
 
me olvide de consultar esto, de los años con esta dadora hay 2 que no figura, cargo periodo completo o con cortes?
 #1311395  por hernanlawyer
 
Cuando hay aportes simultáneos con varios empleadores, se debe liquidar en el Sicam con el empleador para el cual desempeño la mayor cantidad de horas.
Ahora si hay tramos que no son simultáneos, los tenés que cargan en Sicam.....
 #1311550  por lex30
 
gracias por tu respuesta.
En este caso particular trabajo del 04.2008 al 08.19 (con varios cortes en el medio, pero igual en anses hoy me dijeron que lo cargue de corrido) con la dadora que no tenemos formulario y mucha deuda. horas trabajadas figura de 12 a 16, y el otro dador figura 02.18 a la actualidad de 6 a 12 hs.
o sea cargo: 04.2008 al 01.2018 sdm de 12 a 16 hs
02.2018 al 08.2019 sdm de 12 a 16 hs o mas de 16 (en anses hoy me dijeron que tengo que sumar las hs, )
09.2019 a la actualidad sdm de 6 a 12 hs
Esta correcto asi?
 #1316990  por hernanlawyer
 
lex30 escribió: Vie, 26 Nov 2021, 15:16 gracias por tu respuesta.
En este caso particular trabajo del 04.2008 al 08.19 (con varios cortes en el medio, pero igual en anses hoy me dijeron que lo cargue de corrido) con la dadora que no tenemos formulario y mucha deuda. horas trabajadas figura de 12 a 16, y el otro dador figura 02.18 a la actualidad de 6 a 12 hs.
o sea cargo: 04.2008 al 01.2018 sdm de 12 a 16 hs
02.2018 al 08.2019 sdm de 12 a 16 hs o mas de 16 (en anses hoy me dijeron que tengo que sumar las hs, )
09.2019 a la actualidad sdm de 6 a 12 hs
Esta correcto asi?
Hola perdón que no conteste antes, no me estoy conectando mucho porque ando a mil, mira yo lo cargaría de la siguiente manera:
04/2008 al 08/2019 12 hs a 16 hs - liquidaría que no me de deuda (porque son la mayor cantidad de horas trabajadas) si tenés cortes en el medio los tenés que pagar con sus intereses, yo inicie una hace un mes y me los hicieron pagar, al estar registrado la relación laboral no puede haber meses impagos.
Luego 09/2019 hasta la actualidad, al ser de 6 a 12, va a tener que abonar las diferencias.
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