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  • Ayuda sucesion tracto abreviado automotor

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 #1311969  por fernanda40
 
Hola foristas en una sucesion solicite venta por tracto abreviado de un automotor. El juez previamente ordena adjuntar informes de anotaciones personales (IGB) pertenecientes a los herederos. Que es IGB? Gracias
 #1313260  por fernanda40
 
En la sucesion ya acompañe todo, incluso aportes e IB, denuncio de que vendio el automotor a el Sr. xxxxx y que se libre oficio y testimonio. El Juez previamente ordena adjuntar informes de anotaciones personales (IGB) pertenecientes a los herederos. No entiendo que es (IGB)
 #1313261  por fernanda40
 
Acabo de caer, pide anotaciones personales (inhibición), porque también esta la cesión, que oportunamente acompañe del causante (las dos) pero de los herederos solo pide la inhibición. Gracias
 #1313961  por DRalonso
 
NO HAY DE QUE, FERNANDA!

TU PREGUNTA ORIGINAL: "Que es IGB?" INHIBICION GENERAL DE BIENES, ¡OJO! DEL REGISTRO NACIONAL AUTOMOTOR, NO DEL INMOBILIARIO!!!
 #1328330  por Paula022
 
Hola, les consulto sobre otro tema. Tengo una sucesión, 1 cónyuge y dos hijos. Acervo: automóvil ganancial. Lo incorpore al sucesorio, pedí inscripción, tengo oficio y testimonio para inscribir la DH. Los herederos vendieron y tengo que hacer la venta simultanea al tercero comprador (lo que en la practica comúnmente lo denominan tracto abreviado automotor, aunque no fuera así).
Mi duda/problema arranca acá.

Según me dijeron del Registro Automotor, tengo que iniciar la transferencia digital y cargar como vendedor al que figura en el titulo (cónyuge supertite) y como compradores a los herederos y tambien a la conyuge que mantiene su porcentaje. Luego, segun me dijeron, tengo que ir a un escribano y firmar DOS JUEGOS DE 08 el primero en el que firme como vendedor el titular y como compradores los herederos, y el segundo en donde firmen como vendedores los herederos y el conyuge supertite y como compradores los terceros adquirentes. Y AQUI EL PROBLEMA, entiendo lo del SEGUNDO 08 pero no lo del PRIMER 08 (el de la titular y los herederos/ y cónyuge supertite). No entiendo cómo puede ser que el titular (que es la conyuge supertite) puede firmar como vendedora y como compradora.

Por favor si alguien sabe como es en la practica el tramite administrativo se lo voy a agradecer mucho!!