Buenos días a todos, se trataría de interponer una demanda contenciosa de divorcio en la que únicamente se solicitaría se decretase el divorcio, pues no hay hijos en común ni bienes. El matrimonio se celebró en España, pero el problema es que mi cliente ahora reside en el extranjero, concretamente en UK, con vocación de permanencia, en España sólo es titular de una mitad indivisa del inmueble en el que reside su madre. ¿ Puede instarse el divorcio desde España ?, si es así, ¿ Serían bastantes unos poderes que mi cliente me hiciese ante un Notario de UK para acreditar la representación ?
TU CLIENTE: ¿EL TIPO, O LA TIPA?
¿ESTA EN INGLATERRA, O EN ESPAÑA?
CUALQIUIERA DE LOS 2 ¿PORQUE QUERES HACER DIVORCIO EN ARGENTINA?