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  • boleto de compraventa CONSULTA URGENTE por favor

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 #132060  por Ofelia
 
Hola a todos, necesito la ayuda de ustedes aun en domingo y pascuas, un joven abogado no puede descansar!
El tema es así (es bastante más complejo, pero lo traté de resumir):
Se trata de la validez de un [url][url]boleto de compraventa de un inmueble firmado en septiembre del 2003 por el cual se vende una casa a una persona "x". El boleto nunca se selló. Los vendedores son un matrimonio sin hijos. (como posible herederos están los cónyuges entre sí y la madre del marido). El bien en cuestión es ganancial.
El 13/03/2008 muere el marido (uno de los vendedores). La duda recae en cómo hacer para completar la transferencia del inmueble de los cónyuges a "x" (escriturar) sin hacer sucesión (porque a la madre de quien murió le correspondería una parte y se armaría lío quizás). Qué validez tiene el boleto firmado en el 2003 y que no se selló? Puede hacerse un juicio de escrituración con ese boleto?.
Otro dato que quizás sirva es que ambos cónyuges habían firmado un poder general recíproco para actuar uno en representación del otro.

Desde ya me ayudaría mucho que me den su opinión, un millón de gracias, espero se entienda, cualquier cosa me preguntan, saludos
Ofelia
 #132250  por Natalia Huerta
 
Buenas:

Por qué partes vas? supongo que por la compradora.
1) Olvidate por un momento del boleto de compraventa. En teoria en la escritura debe figurar ese inmueble como ganancial, por lo tanto no podras escapar a realizar la pertinente sucesion del señor.
2) Que el boleto no este sellado en este caso no importa demasiado (que se entienda a los fines que te interesan a vos) atento a que la firma del boleto, es logicamente del señor.
3) Para intentar un juicio de escrituracion necesitas que alguien (en este caso los herederos o la titular) se nieguen a escriturar.
4) En cuanto al poder, que tipo de poder es? porque sino contempla los supuestos del art. 1980 y conc. no podra ser utilizado, más las condiciones que requieren estos poderes.

Recomendacion: Intimar por CD a los conyuges (sí, al del mas alla tambien) fijando dia, hora y lugar para escriturar. (si se cuenta con recursos economicos, levantar acta de la incomparencia). De ahi en más vos fijate que es lo que mas te conviene, si falta abonar una suma de dinero, descontarla de la sucesion y hacerse cargo, etc. Hay muchas variantes.
Saludos