LA OBLIGACION DE RESULTADO TIENE UN FACTOR DE ATRIBUCION OBJETIVO, ES VERDADERO?
Que me gane?

GonzaloS escribió:En las obligaciones de resultado el factor de atribución será “objetivo”, y su autor solo podrá eximirse de responsabilidad probando el caso fortuito o la fuerza mayor, o el hecho de un tercero por el que no debe responder, en las obligaciones de resultado se enfrenta un deber objetivo, de cumplimiento inexorable.Un pase a rendir su última materia. Vaya pronto
Que me gane?