Entre dos Contadores que ejercían la profesión en conjunto (no había una sociedad, exisitía un acuerdo de palabra), luego de separarse cada uno por su lado uno de ellos envió Carta Documento (no entregada por domicilio cerrado) presumiblemente para iniciarle alguna acción legal a fin de que le restituya elementos dejados en la oficina o vaya a saber por que otras cuestiones, el otro profesional no retiró del Correo la Cd (le habían dejado aviso de visita). La pregunta ¿se lo considera notificado? Si bien no sabía que la CD era de su ex socio pero lo corroboró cuando hizo el seguimiento en la web y vió que fue devuelto al remitente de éste
Mirá, creo que este tema se trató no menos de sesenta o setenta veces en el foro.
En más, hay hasta unos fallos excepcionales que posteó Charlie.
Al lado de la opción miembros hay una herramienta que te permite buscar.
Suerte y saludos.
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