Queridos colegas:
Me encuentro ante una contestación que fue realizada 3 días después del vencimiento. El juzgado provee: “por presentada, por constituido el procesal y electrónico. Previo a todo, deberá dar cumplimiento con lo dispuesto en la acordada, respecto a la digitalización.”
Claramente es extemporánea la contestación, mi duda es si debo esperar que la contraparte digitalice correctamente, provea el juez y recién allí plantearlo?
Esto es en CABA.
Les deseo feliz año!
Me encuentro ante una contestación que fue realizada 3 días después del vencimiento. El juzgado provee: “por presentada, por constituido el procesal y electrónico. Previo a todo, deberá dar cumplimiento con lo dispuesto en la acordada, respecto a la digitalización.”
Claramente es extemporánea la contestación, mi duda es si debo esperar que la contraparte digitalice correctamente, provea el juez y recién allí plantearlo?
Esto es en CABA.
Les deseo feliz año!