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  • JUBILADO/A FALLECE RETIRO DE DINERO POR CONYUGE POR UN PERIODO ANTERIOR AL FALLECIMIENTO, SE PUEDE?

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1341065  por Lan
 
Hola colegas, me sacan de una duda? Le depositan la jubilación a una persona en el mes de Diciembre (mediados) y fallece los últimos días del mes, el cónyuge una vez que fallece el esposo/a ya no puede retirar por cajero nada mas o si es un haber pago antes del fallecimiento pero que quedo en la cuenta si puede hacerlo??? Gracias a todos por la ayuda de siempre!
 #1341842  por MARIO1943
 
LE CORRESPONDE , CAUSAHABIENTE CON DERECHO A PENSION
Cobro de haberes de un jubilado o pensionado - Haberes devengados
Aviso importante

Si los pagos posteriores a la fecha del fallecimiento fueran extraídos de la cuenta, el apoderado o algún familiar deberán reintegrarlo. Si no lo hicieran estarían cometiendo fraude, habilitando al banco y a ANSES a iniciar acciones legales.

Los haberes devengados son el monto que le correspondía cobrar al jubilado o pensionado hasta la fecha de su fallecimiento y que no hubiera percibido, incluido el proporcional del aguinaldo.

Puede tratarse de:

Primera liquidación
Mensuales no percibidos
Días proporcionales a mensual
Aguinaldo proporcional o completo
Subsidios no percibidos
Asignaciones familiares

A quiénes les corresponde

Parientes por consanguinidad, o personas que acrediten haber abonado los gastos de la última enfermedad. El orden de prioridad es:

Causahabientes con derecho a pensión (si no se liquidaron con primer pago).
Herederos legales.

Requisitos

Los herederos pueden solicitar el pago de los haberes devengados hasta dos años después del fallecimiento del jubilado o pensionado.
Documentación
Del titular fallecido:

Partida de defunción
Formulario Información Bancaria de ANSES (de no existir información de los haberes impagos en el sistema).

Del solicitante

DNI, LC o LE. Si no cuenta con DNI, LC o LE deberá presentar constancia de DNI en trámite.

Si es pariente por consanguinidad, debe presentarse con dos testigos

Formulario PS.6.253 "Solicitud de Haberes devengados"
Formulario PS.6.258 "Información Sumaria S" (del solicitante).
Formulario PS. 6.259 “Información Sumaria T” (de cada testigo). Si los testigos no pueden asistir el día del turno, se pueden presentar los formularios certificados por autoridad policial o ante el Juzgado de Paz competente (Provincia de Buenos Aires); ante el Registro Civil (Ciudad Autónoma de Buenos Aires); o ante los Tribunales del Fuero Civil de Paz (restantes provincias).
Partidas que acrediten el vínculo con el causante (original y fotocopia).

Si hay otros herederos con derecho al cobro, además de los solicitantes

Formulario PS.6.254 "Declaración Jurada de Herederos no Solicitante", con firma autenticada por autoridad competente.

Si no es heredero y acredita gastos de enfermedad

Formulario PS. 6.255 "Declaración Jurada De No Herederos Solicitantes".
Formulario PS. 6.256 "Caución Juratoria - Solicitante No Heredero".
Certificados del médico que atendió a la persona fallecida en la última enfermedad, con firma autenticada por el Colegio Médico de la jurisdicción correspondiente o por la autoridad de la institución de salud en los que consten medicación y estudios prescriptos con las facturas abonadas por el solicitante.

Monto

Si el dinero a cobrar fuera igual o menor a una jubilación mínima (más el importe correspondiente de aguinaldo) se podrá solicitar el pago sin necesidad de iniciar la sucesión.

Si los importes fueran superiores a una jubilación mínima, para solicitar el cobro de la totalidad deberá iniciar la sucesión y hacerlo a través de un oficio judicial.
 #1343111  por Lan
 
Gracias Mario! Pero sigo sin entender (perdón) a este hombre le pagaron el haber de Diciembre el 16/12 sacó dinero (no todo) y luego fallece el 28/12, la esposa hoy, puede retirar del cajero lo que resta??? entiendo que si el haber pago es posterior al fallecimiento no puede, pero no es el caso. En este caso (que el haber pago fue en vida del jubilado) puede retirarlo directamente del cajero la esposa? Me cuesta entenderlo, perdón....Porque haber devengado entiendo que es otra cosa es un proporcional hasta el fallecimiento (ahí sí Anses o Sucesión dependiendo el monto)...
 #1343176  por MARIO1943
 
LO DICE BIEN CLARO, TODO LO DEVENGADO Y NO COBRADO POR EL CAUSANTE, LE CORRESPONDE A LOS PARIENTES POR GRADO DE CONSAGUINIDAD HASTA UN HABER MINIMO MAS EL AGUINALDO PROPORCIONAL. PERO EN TU CASO COMO HAY CAUSAHABIENTE CON DERECHO A PENSION LE CORRESPONDE COBRAR A LA VIUDA, INCLUSO DICE QUE SI INICIAS PENSION, TE LO LIQUIDAN JUNTO A LA PENSION Y LA DOCUMENTACION A PRESENTAR ES
Partida de defunción
Formulario Información Bancaria de ANSES (de no existir información de los haberes impagos en el sistema).

Del solicitante

DNI, LC o LE. Si no cuenta con DNI, LC o LE deberá presentar constancia de DNI en trámite.
 #1343457  por MARIO1943
 
Lan escribió: Sab, 08 Ene 2022, 15:55 Entonces le digo que no saque nada del cajero y que espere a que se lo paguen con la pensión. Te juro que yo no lo veo tan claro jajajaa gracias Mario!
SI ESA ES LA DECISION, HAY QUE BAJAR EL SIGUIENTE FORMULARIO
• FORMULARIO PS 6.76(Información Bancaria. Plazo de Presentación 5 días
hábiles desde su emisión).
EL LINK PARA BAJAR FORMULARIO ES
https://www.anses.gob.ar/sites/default/ ... mpagos.pdf
 #1343475  por MARIO1943
 
MARIO1943 escribió: Sab, 08 Ene 2022, 17:41
Lan escribió: Sab, 08 Ene 2022, 15:55 Entonces le digo que no saque nada del cajero y que espere a que se lo paguen con la pensión. Te juro que yo no lo veo tan claro jajajaa gracias Mario!
SI ESA ES LA DECISION, HAY QUE BAJAR EL SIGUIENTE FORMULARIO
• FORMULARIO PS 6.76(Información Bancaria. Plazo de Presentación 5 días
hábiles desde su emisión).
EL LINK PARA BAJAR FORMULARIO ES
https://www.anses.gob.ar/sites/default/ ... mpagos.pdf
EN EL FORM 6.76, TENES QUE CUMPLIMENTAR LA PRIMERA PARTE Y LLEVARLO AL BANCO PAGADOR PARAQUE INFORME LOS PAGOS PENDIENTES Y PRESENTARLO AL ANSES CON TODA LA DOCUMENTACION CORRESPONDIENTE A LA PENSION, OJO CON EL PLAZO DE 5 DIAS QUE NO PASE ESE LIMITE
 #1344359  por Lan
 
Ay Mario, perdón pero no entiendo : por que me decís "si esa es la decisión"? por lo que me habías dicho era la única posible. Puede retirarlo del cajero y ahorrarse todo este lio??? contestame si o no por fa jaja porque claramente no lo entiendo. jajjaa. Y respecto a otra opción, 5 días desde cuando? Quiero saber concretamente (no llego a entender bien la normativa) si la cónyuge puede retirar ese dinero del cajero o no.-
 #1344719  por drafrias
 
Hola Lan. Una vez que fallece no se puede hacer extracciones de ningún tipo porque el titular falleció. Se lo van a pagar a la viuda con la pensión.
El formulario 6.76 (va a informar que hay en la cuenta sin percibir) lo firma y certifica el banco, lo hacen 5 días antes de que tengas el turno para iniciar la pensión.
 #1346072  por MARIO1943
 
Lan escribió: Dom, 09 Ene 2022, 10:41 Ay Mario, perdón pero no entiendo : por que me decís "si esa es la decisión"? por lo que me habías dicho era la única posible. Puede retirarlo del cajero y ahorrarse todo este lio??? contestame si o no por fa jaja porque claramente no lo entiendo. jajjaa. Y respecto a otra opción, 5 días desde cuando? Quiero saber concretamente (no llego a entender bien la normativa) si la cónyuge puede retirar ese dinero del cajero o no.-
NO ACLARE BIEN, PORQUE ME PARECIA LOGICO, PERO EVIDENTEMENTE HAY QUE ACLARAR
1) EL LIMITE PARA PRESENTARLO AL ANSES SON 5 DIAS HABILES
2) ES LOGICO QUE PRIMERO TENES QUE SACAR TURNO EN ANSES Y DESPUES IR AL BANCO, PORQUE SI VAS AL BANCO HOY Y LUEGO SACAS TURNO EN ANSES Y TE LO DAN PARA DENTRO DE UN MES, ES LOGICO PENSAR QUE QUE EL FORMULARIO 6,76 VA A ESTAR RECONTRAVENCIDO POR SUPERAR LOS 5 DIAS HABILES
3) TE RECOMIENDAN SACAR TURNO 5 DIAS ANTES DEL TURNO, PERO ESO PUEDE SER ´PELIGROSO, PORQUE HAY BANCO QUE TE CERTIFICAN EL F 6.76 EN EL DIA, AHI ESTARIA BIEN, PERO HAY BANCOS QUE TE DICEN QUE LO VENGAS A BUSCAR MAÑANA Y AHI SE TE VENCIO EL PLAZO, POR ESO LO ACONSEJABLE ES IR AL BANCO 4 DIAS ANTES DEL TURNO, 3 DIAS O 2DIAS, PERO NUNCA 1 DIA PORQUE SI NO LO CERTIFICAN EN EL DIA, , TE LO VAN A DAR PARA DESPUES DEL TURNO
4) EL FORMULARIO 6.76 LO TIENE QUE FIRMAR ANSES. ANTES DE IR AL BANCO
CON REPECTO SI PODES IR A COBRAR POR EL CAJERO
1)VOS NO PODES IR COMO PANCHO POR SU CASA, PRESENTARTE AL BANCO Y PRETENDER COBRAR, CONQUE FUN DAMENTO, CON QUE ORDEN, ETC
2)ENTIENDO QUE SE PUEDE IR AL BANCO A COBRAR MEDIANTE UNA ORDEN DE ANSES Y SACO ESTA CONCLUSION POR ESTO QUE SURGE DE LA PAGINA DE ANSES, RESPECTO AL TEMA, QUIENES PUEDEN COBRAR

Causahabientes con derecho a pensión (si no se liquidaron con primer pago).
INTERPRETO CON ESTA ACLARACION . QUE SE PUEDE COBRAR POR VENTANILLA , PREVIA AUTORIZACION DE ANSES
3)POR OTRO LADO , SANTIS TE INFORMA QUE SE PUEDE COBRAR CON PODER, CREO QUE SANTIS, NO PENSO BIEN O NO SABE
QUE CON LA MUERTE LOS PODERES CADUCAN?
 #1346087  por MARIO1943
 
MARIO1943 escribió: Lun, 10 Ene 2022, 17:47
Lan escribió: Dom, 09 Ene 2022, 10:41 Ay Mario, perdón pero no entiendo : por que me decís "si esa es la decisión"? por lo que me habías dicho era la única posible. Puede retirarlo del cajero y ahorrarse todo este lio??? contestame si o no por fa jaja porque claramente no lo entiendo. jajjaa. Y respecto a otra opción, 5 días desde cuando? Quiero saber concretamente (no llego a entender bien la normativa) si la cónyuge puede retirar ese dinero del cajero o no.-
NO ACLARE BIEN, PORQUE ME PARECIA LOGICO, PERO EVIDENTEMENTE HAY QUE ACLARAR
1) EL LIMITE PARA PRESENTARLO AL ANSES SON 5 DIAS HABILES
2) ES LOGICO QUE PRIMERO TENES QUE SACAR TURNO EN ANSES Y DESPUES IR AL BANCO, PORQUE SI VAS AL BANCO HOY Y LUEGO SACAS TURNO EN ANSES Y TE LO DAN PARA DENTRO DE UN MES, ES LOGICO PENSAR QUE QUE EL FORMULARIO 6,76 VA A ESTAR RECONTRAVENCIDO POR SUPERAR LOS 5 DIAS HABILES
3) TE RECOMIENDAN SACAR TURNO 5 DIAS ANTES DEL TURNO, PERO ESO PUEDE SER ´PELIGROSO, PORQUE HAY BANCO QUE TE CERTIFICAN EL F 6.76 EN EL DIA, AHI ESTARIA BIEN, PERO HAY BANCOS QUE TE DICEN QUE LO VENGAS A BUSCAR MAÑANA Y AHI SE TE VENCIO EL PLAZO, POR ESO LO ACONSEJABLE ES IR AL BANCO 4 DIAS ANTES DEL TURNO, 3 DIAS O 2DIAS, PERO NUNCA 1 DIA PORQUE SI NO LO CERTIFICAN EN EL DIA, , TE LO VAN A DAR PARA DESPUES DEL TURNO
4) EL FORMULARIO 6.76 LO TIENE QUE FIRMAR ANSES. ANTES DE IR AL BANCO
CON REPECTO SI PODES IR A COBRAR POR EL CAJERO
1)VOS NO PODES IR COMO PANCHO POR SU CASA, PRESENTARTE AL BANCO Y PRETENDER COBRAR, CONQUE FUN DAMENTO, CON QUE ORDEN, ETC
2)ENTIENDO QUE SE PUEDE IR AL BANCO A COBRAR MEDIANTE UNA ORDEN DE ANSES Y SACO ESTA CONCLUSION POR ESTO QUE SURGE DE LA PAGINA DE ANSES, RESPECTO AL TEMA, QUIENES PUEDEN COBRAR

Causahabientes con derecho a pensión (si no se liquidaron con primer pago).
INTERPRETO CON ESTA ACLARACION . QUE SE PUEDE COBRAR POR VENTANILLA , PREVIA AUTORIZACION DE ANSES
3)POR OTRO LADO , SANTIS TE INFORMA QUE SE PUEDE COBRAR CON PODER, CREO QUE SANTIS, NO PENSO BIEN O NO SABE
QUE CON LA MUERTE LOS PODERES CADUCAN?
PERDON 5 DIAS TAMBIEN ESTARIA BIEN, ME CONFUNDI CON 1 DIA DE ANTICIPACION
 #1346425  por MARIO1943
 
Lan escribió: Lun, 10 Ene 2022, 21:32 Muchas gracias Mario! perdón que tuviste que aclarar, pero no lo entendía. Gracias a todos!
NO TE OLVIDES DE PEDIR EL SUBSIDIO DE CONTENCION FAMILIAR, PARA ESO TENES QUE PRESENTAR EN ANSES LA COPIA DE LA FACTURA EXTENDIDA POR EL SERVICIO FUNEBRE