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  • SUCESION - BIEN NUEVO -

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 #135313  por doc07
 
Hola a todos! Tengo una sucesion en la cual ya se vendio el inmueble de capital. Ahora surgio la existencia de un nuevo bien en Pcia. de Bs. As. (Pilar). Obviamente que ya se dicto declaratoria y testimonio pero solo respecto del bien de capital. Como hago con este bien de pcia? Aparentemente el inmueble esta ocupado por personas desde hace varios años, aunque saque un informe de dominio y aun esta a nombre del causante de la sucesion (queria asegurarme que no habian iniciado usucapion). Ahora bien, cuales son los pasos a seguir en el proceso, escuche algo de cedula catastral, agrimensores, etc? Que pasa si el bien esta usurpado?

 #135379  por bjsaravipaz
 
Doc:

La obligatoria intervención del Agrimensor surge de la Ley 10.707, para cuando se persiga la transmisión, constitución o modificación de derechos reales sobre inmuebles ubicados en la Provincia de Buenos Aires.

Tal vez sirva lo expuesto en el siguiente link, de esta página: viewtopic.php?t=22582&highlight=

Cualquier duda, puedo ampliar.

Un cordial saludo.


Agrim. Bernardo J. Saraví Paz
PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP".com

 #135469  por Charlie
 
Si la sucesión tramita en Pcia. de Bs. As. habrá que declarar el inmueble, y solicitar su inscripción.

Previamente, tendrás que solicitar certificados de inhibición, dominio, valuación fiscal y cesión. Luego, abonar la tasa y sobretasa de justicia, solicitar regulación de honorarios, cumplir con los aportes a la Caja de Previsión Social para Abogados de la Pcia. de Buenos Aires, y eventualmente, abonar el anticipo sobre ingresos brutos.

En la mayoría de los Departamentos Judiciales habrá que solicitar la cédula catastral (en algunos no), y con ella la valuación fiscal del inmueble.

Si el inmueble se encuentra ocupado, los herederos podrán iniciar acción reivindicatoria, aunque lógicamente los poseedores del inmueble podrían reconvenir por usucapión (prescripción adquisitiva), si han transcurrido veinte años desde el inicio de la ocupación. Pero ese es otro tema.

Saludos.

 #136674  por doc07
 
Gracias por los aportes. La valuacion y la cedula catastral como la consigo? La sucesion tramita en capital. El inmueble nuevo esta en Pilar. Alguien me puede decir detalladamente que pasos sigo porque la verdad que con temas de provincia no tengo experiencia. Muchas gracias!!

 #137871  por Natalia Huerta
 
Buenas:

1) Presenta un escrito donde denuncias al nuevo inmueble.
2) Mientras te comunicas con un agrimensor para que confeccione la cedula catastral podes ir pidiendo los informes en el Registro de la Propiedad Inmueble (simples)
- Inform de Dominio.
- Informe de Anotaciones PErsonales (inhibicion)
- Informe de Anotaciones Personales (Cesion)
3) Cuando el agrimensor te informe que ya esta registrada la cedula catastral, pedis el certificado catastral en La Plata (Simple $25 urgente $50).
4) Cuando tengas todo, acompañas un escrito que diga solicita inscripcion. y para ello acompañas
todos los certificados mencionados, mas el pago de la tasa de justicia (fijate la valuacion fiscal que informa el certificado catastral) y la sobretasa de justicia, asimismo debes acompañar el titulo de propiedad ORIGINAL y la declaracion jurada de bienes muebles.

5) Alli te van a dictar el auto de inscripcion, y te regularan honorarios.
6) Acto seguido darte por paga (si te pagaron) pagar las cargas previsionales e ingresos brutos.
7) Acompañar el oficio y testimonio, y sale con fritas.

Saludos y espero haberte sido util