Hola colegas! tengo turno para reclamo por error en el calculo del retroactivo. Pusieron el expte a verificar sin sentido, etc, estuvo mas de un año dando vueltas y el retro lo computan por pocos peses. Les consulto: Jubilación por atención virtual (plena pandemia, no había otra) con moratoria Ley 24.476, DESDE CUANDO COMIENZA A CORRER EL RETROACTIVO? Reclamo desde la liquidación del Sicam? desde el pago de la primera cuota? Desde la primera atención virtual? MUCHAS GRACIAS A TODOS!
DESDE FECHA LIQUIDACION SICAM
ESTO DICE LA RESOLUCION 555 O PREV 19/05
2. El peticionante deberá presentar la deuda cancelada o sin deuda, con el resto de
la documentación en un plazo de 45 (cuarenta y cinco) días hábiles
administrativos contados desde la fecha de generación de la liquidación.
Vencido el término fijado precedentemente, se tendrá como fecha del pedido de
la prestación previsional el día en que se formalice la respectiva solicitud ante la
ANSES, aunque no se registre deuda
HACE EL RECLAMO EN ANSES, SI EL SICAM SE VENCIO FUE PROBLEMA DE ELLOS O DEL SISTEMA, VOS
SOLICITASTES EL BENEFICIO DENTRO DEL PLAZO ESTIPULADO EN LA PREV,