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  • USUCAPION. HERENCIA VACANTE

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 #1375289  por esteban1977
 
Buenas tardes colegas, les comento inicie usucapión contra el tío de mi cliente que era el titular de dominio del inmueble, el tema es que este hombre falleció en 1996, se solicito los informes requeridos por el juzgado y se pudo saber que se encontraba abierta la sucesión en provincia de buenos aires en el año 96, el inmueble esta en CABA, pero al día de hoy no hubo declaratoria de herederos porque hubo controversias en el expediente y desde hace 20 años el expediente no tiene movimientos, este hombre no tuvo hijos. Mi cliente falleció y ahora continúan sus hijas el juicio, el tema es que al momento no se pudo dar traslado de la demanda porque no hay a quién hacerlo, el defensor oficial dice que sería una herencia vacante, les consulto como tendría que enderezar la demanda? tendría que ir dirigida contra el fiscal, el gobierno de CABA ? y la cuestión es como hacerlo procesalmente. Algunos colegas me han dicho que las hijas se presenten en el expediente sucesorio, no lo veo muy viable, agradezco si pueden dar una opinión al respecto.
 #1375366  por ClaudioFer
 
Entiendo que, siendo que son sobrinas nietas del causante tienen vocación hereditaria (art. 2438, CCyC: están en 4º grado sucesorio colateral), y si se hallan cumpliendo con lo que establece el art. 2294 (incs. b y c), ocupando (o ejerciendo actos posesorios) el inmueble (del tío abuelo) que poseyó su padre, son aceptantes de la herencia del tío abuelo, razón por la cual NO hay herencia vacante (art. 2441) como sugiere el defensor oficial.