Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Divorcio. Ganado Vacuno propio o ganancial. Dudas

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1269622  por EstudioJuridicoDY
 
Hola a todos! Les traslado una duda. Tengo que presentar un divorcio unilateral. El unico dentro de los bienes hay ganado vacuno. Yo represento al marido. El padre en el año 2010 le cede el boleto de marca con 25 cabezas de ganado. En noviembre de 2014 contrae nupcias ( y ya contaba con 40 cabezas). Hasta si no estoy equivocada serian propias. Hoy (fecha de separación personal enero 2019) suma un total de 44 cabezas. El aumento se fue dando no por nacimientos (frutos) sino x venta de ganado pesado y compra de ganado mas flaco. En resumen esta correcta mi interpretacion que solo son 3 los animales ganaciales? O estoy totalmente equivocada?. De esta linea de tiempo tengo las actas de vacunacion y los movimientos en senasa. Cualquier opinion me ayudaria a despejar mis dudas! Muy amables!
 #1269628  por ccolalongo
 
Trata de arreglar por afuera ese tema y cuidado con la gestapo mayor del reino (la AFIP) fijate como está el registro impositivo porque tanto ganado como granos está muy controlado. Como alguno dijo acá más de una vez que te paguen por tu silencio, por mi parte entiendo que los 40 de padre a hijo son propios como indicas y si éstos se vendieron (propios) y se compraron otros habría una subrogación real de bienes propios (ruta del dinero), ¿la actividad del dueño de los animales es únicamente agropecuaria?
 #1269639  por EstudioJuridicoDY
 
Gracias por tu respuesta ccolalongo! Intente pero la otra parte no acepto.. no..el trabaja en relacion de dependencia, la continuacion con la ganaderia es debido a que son los animales del padre y por eso los mantiene.. incluso paga campo y quien se los cuide porque no es su actividad principal..pero me dejas mas tranquila que estaba bien orientada! Muchas gracias! Sdos! Débora!
 #1269649  por ccolalongo
 
Si la otra parte lo quiere, entonces que empiece a pagar impuestos o sea inscribiendose en AFIP como corresponde que de "lo que le saque" (que subrogando bienes propios son monedas) le va a comer todo. Y encima va a tener que seguir pagando siempre. Una vez que entras no sabes como salís.
 #1374281  por profesional
 
Ya que me resultó de mucha utilidad lo que han comentado, paso a preguntarle también lo siguiente:
inmueble rural propio del causante, que ha sido dado en arrendamiento vigente la sociedad conyugal
el importe de esos alquileres ¿es bien propio o ganancial?
Porque el monto ingresará en una cuenta judicial del sucesorio pero el reparto en % varia según el carácter que se le dé a ese bien
 #1375022  por ccolalongo
 
¿Alquiler blanco? ¿Tributando todo, registrado en el RELI? porque si se ponen pesados, la que se va a llevar todo va a ser la AFIP. Prima facie los herederos declarados en el sucesorio, luego si alguno de ellos esté en proceso de divorcio que lo denuncie (obvio conyuge inscripto en AFIP)
profesional escribió: Mié, 02 Feb 2022, 16:47 Ya que me resultó de mucha utilidad lo que han comentado, paso a preguntarle también lo siguiente:
inmueble rural propio del causante, que ha sido dado en arrendamiento vigente la sociedad conyugal
el importe de esos alquileres ¿es bien propio o ganancial?
Porque el monto ingresará en una cuenta judicial del sucesorio pero el reparto en % varia según el carácter que se le dé a ese bien
 #1375270  por profesional
 
Aun no hay herederos declarados. Medida preliminar xq el causante murió en enero. Este mes pagaban alquiler x arrendamiento rural. X eso era la duda si ese alquiler es ganancial o propio xq la tierra era bien propio del causante.
 #1375316  por ccolalongo
 
Primero averigua si está todo blanco y declarado y si o si van a tener que nombrar un administrador para que haga la factura electrónica al locatario (vinculando la clave fiscal del locador) si no tienen eso, que se vayan despidiendo del alquiler que se les va en impuestos y multas. Fijate sino de arreglar por afuera ese tema. Porque sino pierden todos, no te olvides que la querida ley de alquileres tiene el RELI y el aviso a la AFIP.
profesional escribió: Jue, 03 Feb 2022, 19:39 Aun no hay herederos declarados. Medida preliminar xq el causante murió en enero. Este mes pagaban alquiler x arrendamiento rural. X eso era la duda si ese alquiler es ganancial o propio xq la tierra era bien propio del causante.
 #1376031  por profesional
 
Totalmente de acuerdo
Por el momento lo que hicieron estos dias es abrir cuenta judicial y depositaron ese valor. Lo que no está declarado ni el contrato ni a que pertenence la suma aún
Por lo que, veremos como sigue todo por cuanto la cuenta se abrio a nombre de la sucesion y aun ni hay publicacion de edictos ni están anoticiados los futuros coherederos ya que la demanda sucesioria la inicio solo una parte... (y en feria)
 #1376503  por ccolalongo
 
Que raro el locatario que haya depositado (nadie se pega un tiro de esa manera), si la situación está así que vayan olvidandose del alquiler y que ruegen que no lo detecten y vendan rápido. Y el apurado, que vaya viendo como emite la factura.
profesional escribió: Vie, 04 Feb 2022, 10:27 Totalmente de acuerdo
Por el momento lo que hicieron estos dias es abrir cuenta judicial y depositaron ese valor. Lo que no está declarado ni el contrato ni a que pertenence la suma aún
Por lo que, veremos como sigue todo por cuanto la cuenta se abrio a nombre de la sucesion y aun ni hay publicacion de edictos ni están anoticiados los futuros coherederos ya que la demanda sucesioria la inicio solo una parte... (y en feria)
 #1380011  por ccolalongo
 
Si está en negro, no va a aparecer. Y si lo denuncian desaparece y dirá que no tiene nada que ver; y se quedan sin alquiler.
profesional escribió: Lun, 07 Feb 2022, 10:43 Totalmente de acuerdo por cuanto aun ni siquiera esta acompañado o denunciado el nombre del arrendatario
 #1382256  por profesional
 
El tema es que el muy tonto pago en una cuenta abierta sin estar denunciado el contrato... o sea: el que paga mal: paga dos veces
Tendria que haber consignado y acompañado el contrato... y que luego se notifique al juez del sucesorio
Como verás, entre los dos post que he publicado me he sacado las dudas, compartido posturas de otro colega
Mil gracias por tu aporte... cuando uno trabaja sin otro colega es bueno poder consultar y tomar su punto de vista.
Todos los dias aprendemos algo nuevo, tengamos 1, 10 o 30 años de profesion
Mil gracias!
 #1382413  por ccolalongo
 
Si el contrato es negro olvidate que lo presente, pagó para que no lo puedan desalojar mientras aguanta y se matan entre los herederos. Y cualquier cosa "extravió" su copia del contrato, o se la robaron con otros papeles. Hoy por hoy denunciar un alquiler en un sucesorio salvo que estes hiper blanco es ponerse la soga al cuello y subirse a la tarima. Cuando la AFIP y ARBA les come todo (con el RELI el juez está obligado a notificar a la AFIP por eso no hacen aparecer el contrato) se pudre todo. Y mientras tanto esa plata se la come la inflación pero el locatario ya entendió el juego, deposita lo escrito y que se maten; ya se dió cuenta que no la van a poder sacar y el está cubierto.
profesional escribió: Mié, 09 Feb 2022, 11:16 El tema es que el muy tonto pago en una cuenta abierta sin estar denunciado el contrato... o sea: el que paga mal: paga dos veces
Tendria que haber consignado y acompañado el contrato... y que luego se notifique al juez del sucesorio
Como verás, entre los dos post que he publicado me he sacado las dudas, compartido posturas de otro colega
Mil gracias por tu aporte... cuando uno trabaja sin otro colega es bueno poder consultar y tomar su punto de vista.
Todos los dias aprendemos algo nuevo, tengamos 1, 10 o 30 años de profesion
Mil gracias!