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  • ¡¡¡¡¡¡¡¿¿¿¿¿¿¿decantacion de la prueba???????!!!!!!!!

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 #136004  por leopoldo
 
chicos: esto es en el partido de la Costa jurisdiccion Dolores. el juzgado nos invita a llegar a un acuerdo ya sea en forma privada o con la intervencion del juzgado.
para el caso de no llegar a un acuerdo que se lo hagamos saber para agilizar los terminos y realizar una ¿decantacion de la prueba?
en un escrito comunico al juzgado que mi parte (actora) esta de acuerdo en llegar a un acuerdo privado y que se comunicara con la contraria a tales fines.
20 dias despues el jzgado cita a las partes a una audiencia atento lo pedido y lo previsto art 34 y 36. ALguien me puede explicar que pasa.

Como se hace una decantacion de la prueba???????

alguna ayuda por favor

Gracias

 #138003  por feli07
 
La audiencia que te fijo el juez es de conciliacióny está dentro de sus atribuciones. Lo de la "decantación de la prueba" significa que el Juez y los letrados de las partes en la audiencia tratarán de determinar cuáles pruebas son conducentes y cuáles no, así las partes desisten de las pruebas innecesarias y el juez provee las demás. Algunos juzgados optan por esta metodología. Saludos! :D

 #139481  por leopoldo
 
Muchisimas gracias!!!!!!!!!!
Y muchas gracias por contestar.
Muy buenos tus datos

Saludos :wink: