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  • RECHAZO DE OBRA SOCIAL POR DDJJ ANTE JUZG DE PAZ ¿CADUCA?

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 #137952  por Tiziano
 
hola foristas... el tema es el siguiente...
Ante un transpaso de obra social a otra, la segunda rechaza a concubino de la titular con el argumento de que la DDJJ ante juzgado de paz está caduca. Arguyen que estas declaraciones tienen una vigencia de solo un año... ¿? Me parece arbitrario. ¿Es esto así? ¿Tiene un plazo de vigencia?
Gracias.

 #138061  por prodigybest
 
son disposiciones internas, pero en el caso de ANSES o PAMI tienen el mismo criterio. tendrias que tramitar un nuevo certificado...

 #138218  por Sailaw
 
Una de dos Tiziano, o bien tramita otro certificado, o bien se casa y le dura para siempre

 #138259  por Tiziano
 
Muchas gracias por el intento. Sail... que sorpresa !!!
El asunto es que obtengo de Ud las mismas respuestas lógicas que da el empleado de la O/S... Prody, vos me decís que son disposiciones internas y Sail me dice que se case, la Ley 23660 nada dice que los reglamentos internos sean discrecionales y deben ser aprobados y estar a derecho, el art 9 (b) da categoría de grupo primario familiar al concubino, así que no es necesario casarse. La cuestión es personal, necesito saber si un certificado o DDJJ ante Juez de Paz tiene a efectos legales un vencimiento o caducidad... Gracias.

 #138262  por Sailaw
 
Tiziano, hace rato que dejé de luchar contra molinos de viento, y realmente no vale la pena, una acción judicial que puede ser aleatoria, contra la cabeza dura y hueca de la administración, puede que tengas razón, y una información sumaria judicial, no tenga vencimiento, pero no vale la pena gastar esfuerzo en eso, casalos o hace otra cada año, te va a ser más facil y barato.

Si los casas, reservame un pedazo de la torta!!!

 #138279  por Tiziano
 
Sail... te entiendo perfectamente, pero tu conjugación verbal me indica que vos también en tu tiempo lo intentaste... pasa a ser personal porque estos tipos amparados en una estructura "aparentemente" avasallante te imponen reglamentos fuera de toda lógica.
No pensaba llevarlo al ámbito judicial, sino intentarlo como corresponde en la vía administrativa presentando nota en queja por la arbitrariedad y solicitando se avengan a derecho según ley y si es en contrario, exhiban la reglamentación correspondiente bajo apercibimiento.
Creo que si fructifica, sigue siendo más sencillo que declarar denuevo con dos testigos. Luego de eso, no queda otra que hacer una nueva, el problema es que mientras tanto el tipo está sin O/S.
De última te guardo un pedazo de la torta!!! jajaja.