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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #11216  por Analia Y DE PORTO
 
Disculpen si han tratado ya este tema pero no lo he encontrado. Mi caso es el siguiente : mujer de 60 años, ley 24476 le compro hasta el 9/93 por moratoria.
Hay alguna posibilidad que su patrona por servicios domesticos le aporte el año y medio que le falte de acuerdo a las normativas vigentes en la materia? Es decir la blanquee desde el 6/2005 al 12/2006? obvio pagando todo de contado? completaria los 30 años y se podria jubilar, segun tengo entendido si ello fuera posible por turno.No? necesito ayuda gracias .-
 #11223  por SIL.PE
 
Analia Y DE PORTO escribió:Disculpen si han tratado ya este tema pero no lo he encontrado. Mi caso es el siguiente : mujer de 60 años, ley 24476 le compro hasta el 9/93 por moratoria.
Hay alguna posibilidad que su patrona por servicios domesticos le aporte el año y medio que le falte de acuerdo a las normativas vigentes en la materia? Es decir la blanquee desde el 6/2005 al 12/2006? obvio pagando todo de contado? completaria los 30 años y se podria jubilar, segun tengo entendido si ello fuera posible por turno.No? necesito ayuda gracias .-
tenes que utilizar formulario 102 afip,aportar los meses que faltan mas intereses.
La ley de SDM se encuentra vigente desde el año 2000,pero si te vas para atras los intereses aumentan y si te venis adelante tomas menos años por ddjj art. 3 beneficio.
Solucion intermedia:probá aportando esos meses en el año 2003 ,sin olvidar los intereses claro,tomando cese en 2003 a los fines de años por ddjj art. 3 en beneficios.

Como esos aportes son relacion de dependencia rrdd,tenes que ir por turno si o si.

Una vez que los pagaste se acreditan en menos de 1 semana por lo que lei.
Suerte. :wink:
esperemos mas opiniones de compañeros foristas mas experimentados.
 #11224  por Analia Y DE PORTO
 
Clarisimo tu comentario, mas conocen algun caso como el que planteo? porque podriamos jubilar perfectamente a las mujeres de 60.- (claro las que quieran pagar=)

HOLAAAAAAAAAAAAA ALGUIEN QUE OPINEEEEEEEE,

 #11274  por silvia222
 
hola... yo tengo que jubilar a una señora que tiene 60 años, y no llega a completar los aportes antes de septiembre del 93. ella va por la 24476. entonces, espero a que cumpla 61 añós (para que tenga un año de excedencia) y me quedan para pagar solo dos meses fuera de la moratoria...

Es entonces lo que explico SOL.PE, lo que tengo que hacer???
Alguien sabe cuanta plata son pagar de contado dos meses mas los intereses.
me podrian explicar un poquito mejor?? muchas gracias. Silvia

 #11333  por Analia Y DE PORTO
 
silvia222 escribió:hola... yo tengo que jubilar a una señora que tiene 60 años, y no llega a completar los aportes antes de septiembre del 93. ella va por la 24476. entonces, espero a que cumpla 61 añós (para que tenga un año de excedencia) y me quedan para pagar solo dos meses fuera de la moratoria...

Es entonces lo que explico SOL.PE, lo que tengo que hacer???
Alguien sabe cuanta plata son pagar de contado dos meses mas los intereses.
me podrian explicar un poquito mejor?? muchas gracias. Silvia
el tema es que hay personas que no quieren esperar, se quieren jubilar si o si, entonces la opcion que supuestamente tenemos es comprar años como servicio domestico, TIREN IDEAS VAMOS ¡¡¡¡¡¡¡¡¡

 #11632  por Matilde
 
Hola: Leí en esta ´pág. que probablemente el 20 de feb/07 se ampliaría la fecha de "compra" hasta 31/12/94. De esa manera se podría jubilar a esas mujeres de 60 que les faltan algunos meses.

Sin embargo: Yo también pense en que la cliente les diga a sus patrones nuevos, que le paguen al contado el tiempo que le falta p/jub. Sería lo ideal para que se jubilen. Depende de ellos.

Todo lo que dicen para hacer, yo también lo pensé, pero...depende de 3ros.!!

 #12013  por silvia222
 
Matilde escribió:Hola: Leí en esta ´pág. que probablemente el 20 de feb/07 se ampliaría la fecha de "compra" hasta 31/12/94. De esa manera se podría jubilar a esas mujeres de 60 que les faltan algunos meses.

Sin embargo: Yo también pense en que la cliente les diga a sus patrones nuevos, que le paguen al contado el tiempo que le falta p/jub. Sería lo ideal para que se jubilen. Depende de ellos.

Todo lo que dicen para hacer, yo también lo pensé, pero...depende de 3ros.!!
hola.... que bueno estarìa eso que a partir del 20 de febrero de 2007 se ampliarìa la fecha de compra hasta 31/12/94.... solucionarìa algunos casos mas........!!!

igualmente, alguien sabe como calculo dos meses para pagar fuera de la moratoria?? es decir luego de septiem de 93??? cuanta plata es?? necesito saberlo... alguien!!! Gracias. Silvia

 #12038  por marianodiego
 
si es servici domestico...se paga de manera retroactiva desde el 04/2000. son 55 pesos mas intereses calculados en la pagina de la afip.
desde el 02/2006 59.44 pesos..
vto: el dia 10 del mes posterior.
formulario 102

 #12052  por Walter S
 
marianodiego escribió:si es servici domestico...se paga de manera retroactiva desde el 04/2000. son 55 pesos mas intereses calculados en la pagina de la afip.
desde el 02/2006 59.44 pesos..
vto: el dia 10 del mes posterior.
formulario 102
Todo de acuerdo con Mariano. Van con turno como una jubi mixta y debemos tener en cuenta que variamos la fecha de cese por lo que perdemos generalmente años de DDJJ art 3

 #13839  por silvia222
 
Walter S escribió:
marianodiego escribió:si es servici domestico...se paga de manera retroactiva desde el 04/2000. son 55 pesos mas intereses calculados en la pagina de la afip.
desde el 02/2006 59.44 pesos..
vto: el dia 10 del mes posterior.
formulario 102
Todo de acuerdo con Mariano. Van con turno como una jubi mixta y debemos tener en cuenta que variamos la fecha de cese por lo que perdemos generalmente años de DDJJ art 3
entonces, si tengo que comprar dos meses luego de septiembre de 1993, saben cuando me conviene comprarlos???

y como hago para calcular los intereses de esos dos meses??? muchas gracias, son muy solidarios, Silvia

 #13843  por ramon
 
silvia222 escribió:
Walter S escribió:
marianodiego escribió:si es servici domestico...se paga de manera retroactiva desde el 04/2000. son 55 pesos mas intereses calculados en la pagina de la afip.
desde el 02/2006 59.44 pesos..
vto: el dia 10 del mes posterior.
formulario 102
Todo de acuerdo con Mariano. Van con turno como una jubi mixta y debemos tener en cuenta que variamos la fecha de cese por lo que perdemos generalmente años de DDJJ art 3
entonces, si tengo que comprar dos meses luego de septiembre de 1993, saben cuando me conviene comprarlos???

y como hago para calcular los intereses de esos dos meses??? muchas gracias, son muy solidarios, Silvia
esos dos meses es a partir del 02/2006 como dice mariano. va con turno.

 #13848  por Agnese
 
esos dos meses es a partir del 02/2006 como dice mariano. va con turno.
Si son 2 meses nada mas yo esperaría compensar edad.
Ramón tiene razón, va con turno, y cuantos meses te va a tardar en salir??? muchísimos mas.
Y además arruinas el tema de los años de beneficios...
Yo tengo casos parecidos y estoy esperando compensar con edad, me parece lo mejor...
P.D. y todavía tengo esperanza y estoy esperando que amplien la moratoria un año para que entren las de 60 y ...que permitan jubilar a las pensionadas con moratoria...(De ilusiones también se vive :lol: )
Agnese