Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Algun/a Abogado/a si me ayuda a redacatar una CD?

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #137267  por GuadaLocutora
 
Buenos Días
Deseo saber si cabe y como hacer una carta documento para mi ex empleador que me despidio sin causa ni pre aviso el dia 13 y a la fecha no se nada de ellos, y como se q de seguro ha sido por los reiterados reclamos de todo lo q me debian, estoy segura que la liquidacion final no va a ser buena.....

Carta Documento por:
intimacion por la falta de la liquidacion final de la desvinculacion el dia 13/03 donde debera constar:
1 mes pre aviso
+ un sueldo x indemnizacion
+ Integracion del mes despido
+ proporcional de los dias trabajados
+ propor. vacaciones no gozadas
+ sac prop.
+ sac sobre vacaci. no gozadas
+ sac pre aviso
+ sac sobre Integracion del mes despido

-Haberes adeudados reclamados anteriormente por los meses de diciembre y enero

-asignacion por ayuda escolar que debia percibir en la liquidacion de dicho mes

como asi tambien solicitar:

-recibos faltantes (septiembre, febrero creo, marzo)

-y las constancias documentadas del pago de las cotizaciones y los certificados de servicios, remuneraciones y de trabajo, ya que al dia de la fecha se adeudan aportes totales y parciales de algunos meses y deseo dichos certificados como la intimacion a que se aporten en breve

luego me gustaria saber si cabe algun reclamo por daños ya que al no haber pagado esos aportes yo q estoy desregularizada debia pagar la cuota completa de la medicina prepaga y reclame al menos 3 veces por mes desde noviembre por este tema siendo que el mes de septiembre fue aportado recien en febrero.

y a todo esto se agrega algo mas por ser madre? porq es jodido buscar laburo de la nada... y hay muchas cosas q pagar!


Muchas Gracias

Guadalupe Mac Dougall
Locutora Nacional N° 8201
http://www.guadalupemacdougall.com.ar

 #137270  por VGalbicka
 
Hola Guadalupe:
-Te despidieron el 13 y todavía no contestaste la Carta Documento?
-Decís que es despido sin causa pero…¿Lo reconoce el empleador en la carta documento? Porque sino hay que probarlo.
-No tenes que mandar carta documento sino un telegrama en formulario especial a tal efecto.
-No se realiza liquidación en un intercambio epistolar.
-Es importante tener en cuenta los Convenios Colectivos.
-Los certificados de trabajo no tienen que ser reclamados antes de un tiempo indicado por ley.
-Existen casos donde según las circunstancias puede caber un reclamo especial fuera de lo tabulado pero hay que analizar muy bien el caso particular.


Tu caso tiene muchos bemoles, y merece análisis, consulta urgente un abogado para que te redacte bien las intimaciones y liquide como corresponde.

 #137451  por GuadaLocutora
 
Gracias por contestar mi pregunta.
Con respecto a la misma, nadie me dijo que deberia haber contestado la cd........
Esta dice que a partir del dia de la fecha la empresa prescinde de mis servicios y que la liquidacion estaba a mi disposición, cosa que no es asi, porque llame y me dijeron que tardarian como 15 dias en hacermela.....
Y los abogados que consulte no me ayudan a menos que me cobren la consulta o decida hacer juicio.... pero como voy a hacer juicio si todavia no me pagaron?
De hecho yo lo que quiero es que me paguen bien, lo que me deben....
el plazo de los certificados es recien la intimacion pasados 30 dias del despido no?
Que debo hacer?

 #137466  por DAL
 
Guadalupe deberías consultar con otro abogado. En laboral no se estila cobrar la consulta pero si colegas la cobran esta barbaro, no sale demasiado una consulta.

Respecto de asesorarse antes o despues de cobrar, es para tu tranquilidad. Te paguen lo que te paguen luego podés reclamar lo que corresponda ya que en laboral todo pago insuficiente es a cuenta, sin necesidad de que se exprese disconformidad alguna.

Por lo que te diría que busques atentamente algún colega recomendado por tus conocidos y listo. Es la mejor salida!!

 #137680  por killingclarisa
 
GUADA:SI TE DESPIDIERON Y NO TE PAGARON LA LIQUIDACIÓN FINAL TENDRÍAS QUE MANDAR TELEGRAMA (LABORAL GRATUITO- PEDITE UN FORMULARIO EN EL CORREO DE TELEGRAMA DE MAS DE 30 PALABRAS)

LA REDACCIÓN SERÍA:

ANTE DU DESPIDO DIRECTO SIN CAUSA DISPUESTO EN FECHA ..... MEDIANTE CARTA DOCUMENTO, Y ANTE LA FALTA DE PAGO DE LA LIQUIDACIÓN FINAL AL DÍA DE LA FECHA, INTIMO PLAZO 48 HS ABONE LA MISMA , BAJO APERCIBIMIENTO DE INICIAR ACCIONES JUDICIALES PARA SU COBRO Y DE APLICAR SANCIÓN ART. 2 LEY 25323.
INTIMI PLAZO DE LEY ENTREGUEN CERTIFICADOS DE APORTES Y SERVICIOS BAJO APERCIBIMIENTO ART. 80 LCT Y LEY 25345.
QUEDAN UDS. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS.


IGUAL TE COMENTO QUE LOS CONTADORES SE TOMAN SU TIEMPO PARA HACER LA LIQUIDACIÓN FINAL (10 DÍA SPOR LO MENOS) .
LOS CERTIFICADOS DE TRABAJO SE ENTREGAN DENTRO DEL PLAZO LEGAL DE 30 DÍAS.

CLARISA
PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP".com.ar

Esta dice que a partir del dia de la fecha la empresa prescinde de mis servicios y que la liquidacion estaba a mi disposición, cosa que no es asi, porque llame y me dijeron que tardarian como 15 dias en hacermela.....
Y los abogados que consulte no me ayudan a menos que me cobren la consulta o decida hacer juicio.... pero como voy a hacer juicio si todavia no me pagaron?
De hecho yo lo que quiero es que me paguen bien, lo que me deben....
el plazo de los certificados es recien la intimacion pasados 30 dias del despido no?
Que debo hacer?[/quote]

 #137802  por MORGAN
 
Seguramente ha consultado a varios abogados y le han manifestado que le tomaban el caso pero que firme el pacto. No es abogada tiene que contratar a uno así de simple.

 #138196  por GuadaLocutora
 
Gracias Dal y Clarisa.....
Si... 3 estudios juridicos me dijeron que cobraban dicho asesoramiento aprox. $200, o "gratis" si realizaba una accion legal....
De todas formas, ya pude ubicar a un abogado amigo que me recomendó que primero cobre lo q me quieran pagar y luego intime para no tentar al empresario a no pagar nada....
Que mejor era pajaro en mano que 100 volando.
Seguro será así... porque ya se q a un amigo le pagaron $1700 cuando laburaba hacía 9 meses y cobraba $900.... asi q seguro a demanda....
Muchas gracias por su atención.

Guadalupe Mac Dougall
Locutora Nacional N° 8201
http://www.guadalupemacdougall.com.ar

 #138224  por Sailaw
 
Guada, los abogados en general no cobran consulta por caso laboral, al menos la mayoría entre los que me incluyo, porque consideramos que es un servicio social, y atención al estado del consultante que se quedó sin empleo y por consiguiente sin medios de obtener dinero, razón por la cual se estipula la cuota litis, que es un porcentual de lo obtenido por la gestión del abogado ya sea por via judicial o extra judicial.

Que las cartas documentos o telegramas siempre deben ser confeccionadas por gente que sepa, por profesionales, los cuales deben ser elegidos cuidadosamente, porque no todos están en el tema, si es una causa laboral, a un laboralista.

Que siempre conviene conjuntamente con la intimación a aclarar situación laboral, intimar el pago de lo adeudado, en concepto de sueldos, horas extras, SAC, y una respecto del 132 bis LCT

No contestada la intimación o bien contestada de un modo no satisfactorio, pero sin definirse, entonces va el despido por el 246 LCT, intimando tambien por el 80 LCT y 25323 inc 1.

Si a alguien le duele la garganta, o tiene fiebre, va a un médico, porque no se puede automedicar, no es aconsejable, lo mismo pasa con los abogados, no se puede redactar telegramas sin un consejo del mismo, proque las metidas de pata son insalvable luego.

Guada, no seas autosuficiente, porque existen cosas que no sabes (y no tenes porque saberlas, porque vos no estudiaste abogacía, como nosotros no estudiamos locución), zapatero a tus zapatos

 #138982  por GuadaLocutora
 
Sailaw no soy autosuficiente, para nada, por eso vine aqui a buscar respuestas, como tambien escribí a distintos colegas suyos; lo que pasa es que necesitaba una guía rápida de acción ya que el tiempo pasaba y la plata no es mucha, pero a mi me sirve.
Pero como dije al final del anterior post, pude encontrar a un laborista amigo que ya me aconsejó qué hacer.
Muchas gracias nuevamente.

 #138986  por Sailaw
 
Sabes lo qie pasa?, muchas veces llegan al estudio casos, con terribles pifiadas en el intercambio previo de TCL o CD, y quiero que comprendas que por este medio es muy dificil redactar o aconsejarte a redactar un despacho, porque no se tienen ni todos los hechos ni todos los elementos necesarios para dicha confección, si necesitas arreglarte una muela, con seguridad vas a un dentista, porque no podes entrar en un foro de dentistas para preguntar como se arregla una muela, en derecho pasa exactamente lo mismo.

Vi muchas veces como hermosas posibilidades de obtener indemnizaciones se diluian por haber sido confeccionado mal las intimaciones previas, darse por despedido cuando no correspondia, o intimar cosas que no correspondian normativamente, todo este tema es delicado, y merece hacerse bien, te lo digo por tu propio bien y por tu propia seguridad, ojalá hayas conseguido un buen abogado, y te deseo lo mejor.