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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #137798  por HERNAN3192
 
Hola a todos, queria consultarles lo siguiente, tengo un convenio de alimentos por el 30% de la remuneraciòn del alimentante. ahora bien tengo entendido que en algunos casos se puede solicitar al juzgado que para evitar conflictos entre las partes, el empleador retenga directamente de los ingresos del alimentante la cuota alimentaria, por medio de un oficio dirigido al empleador.

la pregunta es, que pazos procesales debo seguir para obtener esto.

el caso, es en capital federal, el trabajo del alimentante tambien y el convenio es reciente y todabìa no fue presentado para su homologaciòn judicial.
el trabajo es registrado.

me despido hasta pronto y muchas gracias.

 #138607  por diegogvillamayor
 
si vos pactaste que el alimentante depositaba o era contra recibo no podes pedir la retencion directa, para que esta proceda tiene que haber un incumplimiento del alimentante, sino que sentido tiene? si el alimentante cumple para que hacer que retenga la empresa??
Si no queres que las partes se vean que hagan todo mediante deposito judicial.

1 homologa y despues fijate si incumple y ahi si presentas la intimacion al pago de los atrasados , si sigue incumpliendo pedis retencion directa de sueldo.

Saludos

ok

 #139079  por HERNAN3192
 
hola, gracias por contestarme, queria aclarar que el pago de la cuota se pacto que el alimentante deposite en la caja de ahorro del alimentado (en este caso la madre de los menores), los depositos se realizan, pero como se sabe que ubo un aumento del salario del alimentante, pero como no dice cuanto, ni si es real, pasa la misma cuota, y se acordo que en caso de que aumente el sueldo la cuota se incrementaria hasta el 32% del mismo.

 #139289  por diegogvillamayor
 
pedile los recibos por alguna excusa, y sino cuando homolgas manifesta esta sospecha y libras oficio al empleador para que determine cuanto gana.
si aumento su sueldo y no deposito lo que se pacto, haces la liquidacion lo intimas y si no paga embargas, pero si deposita siempre la retencion no te la van a dar.

saludos

 #139305  por 123justicia
 
diegogvillamayor escribió:pedile los recibos por alguna excusa, y sino cuando homolgas manifesta esta sospecha y libras oficio al empleador para que determine cuanto gana.
si aumento su sueldo y no deposito lo que se pacto, haces la liquidacion lo intimas y si no paga embargas, pero si deposita siempre la retencion no te la van a dar.

saludos
si, adhiero a la opinion de diego. :wink:

ok

 #140835  por HERNAN3192
 
muchas gracias por las respuestas, como siempre son de mucha utilidad, hasta pronto.