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  • Primer cliente!!! Ayuda!!!! Juicio de Alimentos.

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 #140557  por liza
 
Yamic escribió::oops: Hola a todos, en el día de ayer me llamó mi primera clienta. Ella me cuenta que está divorciada hace cinco años (por lo cuál hay sentencia en la cuál se dictaron alimentos para sus dos hijos menores por $400). Los primeros tiempos su ex marido le daba la plata de los mismos pero ya hace tres años que sólo paga el colegio de los chicos (q es bastante menos plata de la que fija la sentencia). Ella quiera modificar ese acuerdo, actualizarlo ya que con $400 no hace nada y intimarlo a que el padre de los chicos cumpla el vigente. Que pasos debo seguir? Es conveniente mandarle una carta documento intimandolo a que cumpla antes de iniciar el juicio? Será necesario hacer una Ejecución de sentencia?
Agradezco cualquier info que me puedan dar, la verdad es que me recibí en Julio y como recién ahora tengo la matrícula es lo primero que hago!!!!

GRACIAS!!! :P
Hola lo que tenés que hacer si hay un acuerdo homologado judicialmente es intimarlo al pago bajo apercibimiento de ejecución.
También podrías iniciar en el juicio principal un incidente de aumento de cuota alimentaria si las condiciones que se tuvieron en cuenta la momento de acordarlo han variado, por ejemplo, si tiene mayores ingresos, mayor edad de los menores, etc.

 #143234  por Yamic
 
:lol: GRACIAS A TODOS!!!! MAÑANA VOY AL JUZGADO A VER EL EXPTE DE DIVORCIO, DESPUES LES CUENTO. VOY A LLEVAR LOS ESCRITOS DE CONSTITUYE NUEVO DOMICILIO, PRESENTA NUEVO LETRADO Y AUTORIZA.
CUALQUIER DUDA LES COMENTO!!!

 #148573  por Yamic
 
Hoy estuve en el Tribunal viendo si ya habían sacado el Expte principal de paralizado para poder presentar la demanda en el mismo expte, esta bien no?. Igualmente sigo esperando ya que tardan 20 días hábiles en sacar de paralizados los exptes y recién pasaron 5 días hábiles desde que dejé el escrito.
Otra consulta, una vez presentada la demanda hay que embargarle los bienes, pero en este caso no tiene bienes a su nombre. Se le puede embargar el sueldo? Hay que intimar tabién a los abuelos paternos a que paguen?
Muchas Gracias!!! :lol: