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  • autosatisfactiva?

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 #140989  por ANDRIU
 
Estimados foristas:
Mi cliente es condomina de un campo con su hermana. Esta última desde hace 15 años explota la totalidad de la propiedad pagando al padre de ambas un alquiler vil ya que el señor se reservaba el usufructo. A partir del fallecimiento del usufructuario, mi cliente paso a cobrar el 50% del alquiler por su porcion indivisa ya que no se ha hecho mensura ni han determinado por convenio privado que parte le corresponde a cada una.
El arrendatario (esposo de la hermana de mi cliente) sigue con la postura de pagar un precio por debajo del que se estima en esta zona, con lo cual agotado el dialogo intimamos al pago y rechazamos el pago puesto a disponibilidad por ser inferior al pretendido. En cartas documentos posteriores ademas solicitamos la desocupacion del campo por falta de pago del arrendamiento (ya debe dos meses). Por otra parte a traves del abogado de la otra condomina manifestamos la pretencion de mensurar el campo y hacer la division de condominio.
Tanto la condomina como su esposo se niegan a desocupar el campo, con lo cual nos queda el desalojo y un juicio de division de condomino. Pero mi clienta tiene necesidades urgentes ya que solo cuenta con su jubilacion de ama de casa y es muy mayor. Pense en una autosatisfactiva para la desocupacion pero se que debo fundarla mas que bien.
Por ultimo, no cuentan con contrato escrito, y si bien mi cliente le entrega facturas como monotributista desde hace dos años, analizando la ley entendi que para su validez se necesita la forma escrita. Pero tambien se que se esta a la costumbre del lugar con lo cual otra herramienta con la que cuento es la clausula de modificacion de precio vil o excesivo que plantea la ley de arrendamiento rural.
Por favor, necesito me ayuden ya que no es mi area de desarrollo profesional (hago previsional y cobro de pesos).
Gracias.