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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1408398  por arenaalvarez
 
Buenas noches estimados! Quisiera contar con su experiencia y consultarles sobre mi primer caso previsional. Me derivan un cliente que incio el Retiro por Invalidez el 8/2/21, solo por autogestion en Anses. Tiene certificado de discapacidad desde el 8/8/2016. Segun manifiesta le determinaron un 70% incapacidad intelectual/mental. En Mayo de 2019 se inscribe al monotributo, sin realizar la declaraciion jurada de salud conforme Decreto N° 300/97 Dictamen N° 56108/2014 ANSES. La resolucion que rechaza el retiro por invalidez es de fecha 1/2/21 y fundamenta incumplimiento de dicha presentación. Mis consultas son las siguientes: En el dto dice *mientras* no se cumpla con la presentación no tendran los efectos.... Entiendo que debiera poder subsanarse el motivo del rechazo presentado la ddjj aún ya inscripto ¿es correcto? Al no haber plazo dispuesto. Ven viable presentar la DDJJ y plantear un recurso de revision?
En el CUD no consta el %, aun así si es correcto el porcentaje que me informa el cliente, independientemente de lonque determina la junta evaluadora que lo otorga, para que cuadre en el art 48 de la ley 24241 lo evalúan en la comisiones médicas ¿es correcto? De ser así ¿nada tiene que ver el CUD? y ¿ hay manera de utilizarlo en favor de la clienta para subsanar el tramite?
Si algún colega tuvo algún caso similar y pudo resolverlo o si estiman que debo proceder de otra manera , espero sus comentarios!!! Muchas Gracias!!
 #1408814  por lucky
 
Por lo que contás el CUD es de fecha anterior a su inscripción en el monotributo.
O sea que había preexistencia de la enfermedad. Y se inscribió para tener la regularidad y luego tramitar el RTI.

Hay un caso de un amparo en Mendoza muy parecido en el que el juez y la Cámara le dieron la razón al actor basándose en que ANSES no probó que se notificara en forma fehaciente la obligación de presentar la DDJJ. (en realidad lo hace la AFIP cuando se inscriben).
Lo ubicás en la web del PJN - Cámara Federal de Mendoza - Expte Nº 53646/2019 - RONGO, DANIEL S/ AMPARO.
Allí tenés ambas sentencias, y si vas para atrás la demanda para tomar de modelo.
 #1411354  por arenaalvarez
 
Correcto, el CUD se lo otorgan en 2016 y en 2019 para continuar haciendo los aportes se inscribió al monotributo.

Muchas gracias Lucky! Voy a buscar el fallo.