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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #140939  por analiaTorres
 
Hola.. despidieron verbalmente a mi clienta...
Ella trabaja de 15 a 21 hs. de lunes a Viernes como vendedora en una zapateria.
Cobraba hasta octubre del año pasado $150 por semana y a partir noviembre de 2007 $200 por semana.
TRABAJO EN NEGRO.
Y una antiguedad de 8 años.
Alguien podria orientarme como hacer una liquidacion.???? Me comunique con el empleador.. y me dijo que realizara la liquidacion y que si estaba de acuerdo firmabamos un convenio en el ministerio de trabajo... Alguien tiene algun modelo de escrito para presentar ante el ministerio?? o en el ministerio te lo preparan?? Gracias por su ayuda.

 #140997  por mabel65
 
Habria que diferenciar, si la competencia es de provincia o capital. En el primer caso, la subsecretaría de trabajo de la provincia de Buenos Aires, tiene unos modelos para solicitar su intervención por conciliación expontanea y formularios del acta de acuerdo que podes retirar en cualquier delegación. Si es en Capital Federal, tiene que concurrir al S.E.C.L.O.cuyos formularios de inicio de reclamo podes bajar por internet
 #141102  por leodiablo
 
analiaTorres escribió:Hola.. despidieron verbalmente a mi clienta...
Ella trabaja de 15 a 21 hs. de lunes a Viernes como vendedora en una zapateria.
Cobraba hasta octubre del año pasado $150 por semana y a partir noviembre de 2007 $200 por semana.
TRABAJO EN NEGRO.
Y una antiguedad de 8 años.
Alguien podria orientarme como hacer una liquidacion.???? Me comunique con el empleador.. y me dijo que realizara la liquidacion y que si estaba de acuerdo firmabamos un convenio en el ministerio de trabajo... Alguien tiene algun modelo de escrito para presentar ante el ministerio?? o en el ministerio te lo preparan?? Gracias por su ayuda.
El Seclo ademas de iniciar reclamos, tiene otra competencia que es la de homologar Acuerdos Espontaneos (que es otra cosa diferente y no se inicia como reclamo, sino directamente como acuerdo espontaneo --> van con el acuerdo hecho y firman trabajador y empleador, luego el ministerio de trabajo -de quien depende el seclo- verifica que no se viole el orden publico laboral -osea que lo acordado este mas o menos dentro del rango de todo lo que debiera pedirse en una situación normal) entonces ahi lo homologa.

Una cosa importante es que estos acuerdos son inoponibles a la ANSES ni a la AFIP, osea según mi inexperiencia a los efectos jubilatorios se tiene como que ese plazo nunca lo trabajo.

Si la despidio verbalmente, lo principal sería que le envies un telegrama indicando que ante negativa a realizar tareas que aclare situación laboral, osea para que te despida por escrito.

Y antes de este telegrama, sería bueno que envies otro intimando a que le regularice la fecha de ingreso, la categoria, el salario.... (ya que sino despues no vas a podes reclamar la multa por trabajo en negro)

Yo no soy abogado pero casi... igual si podes preguntale a alguien con experiencia en derecho laboral antes de mandarte alguna macana....

 #141159  por DAL
 
Tenés que liquidar diferencias salariales entre lo percibido y el salario de convenio, si cobró menos; antigüedad según 245, preaviso e integración, 232 y 233, la multa de la 25323 por empleo no registrado; días trabajados, vacaciones no gozadas ( 2007 si no las tomo y 2008), SAC proporcional. Y creo que eso es todo.

 #141183  por Elibeth
 
Bárbaro, DAL!! lo que explicaste me viene bárbaro a mí también que tengo un caso similar.
Redidáctica y sencilla!!!
 #141222  por analiaTorres
 
Elibeth escribió:Bárbaro, DAL!! lo que explicaste me viene bárbaro a mí también que tengo un caso similar.
Redidáctica y sencilla!!!
De donde saco el salario del convenio??!! chicos.. alguien tiene alguna liquidacion modelo para tener una vaga idea de como se hace.. :wink:
No tengo la menor idea. :cry:

 #141235  por DanielR
 
Mira, como el despido verbal "no existe" ya que es de muy dificil probanza, podes hacer un trampita, intima por la 24.013 y bajo apercibimiento de ley 25.323 ya que de esa forma te aseguras esas multas
Consejo aparte "NUNCA PONGAS EN UNA CD QUE ANTE DESPIDO VERBAL SOLICITAS QUE ACLARE LA SITUACION" vos solo intima a regularizar la misma, fecha de ing., salario, aportes y certificados.

Al no quererla en el trabajo si la despide fehacienentemente (cosa que dudo porque no estaba en blanco) va la multa, sino lo hace te consideras despedida indirectamente y obviamente se aplican las multas.

para liquidar tene en cuenta esto:
Art 245 LCT
Preaviso (2 meses)
Integracion del mes
SAC y Vacaciones proporcionales
Horas extras, diferencias salariales, premios si es que existen en el convenio
Articulos de la ley 24.013 o 25.323 (1º y 2º) elegí la ley que mas aumente tu liquiacion (seguro sera 24.013 Art. 8 y 15)
Art. 45 Ley 25.345 (osea articulo 80)
Pedi 132 bis, por las dudas que elegue registracion

Hay una pagina que hace liquidaciones que safan, muchos la usan en los seclos es WWW. MSN.COM.AR

Espero te sirva, y perdón los horrores de ortografias

 #141300  por DAL
 
El convenio lo encontras en la pagina de FAECYS, ya que te corresponde comercio.
Como verás esta desactualizada, pero te sirve.

De lo contrario te conviene llamar al sindicato y pedir el salario por el periodo que necesitás y ellos te lo mandan. A mi me contestaron por mail que no la quieren publicar (aca en Rosario) para que el empleado se acerque a consultar al sindicato ( estrategia de marketing sindicalista???). Asi que fui y me la armaron ellos ( estrategia de abogada vagoneta).

 #141340  por klaudia7
 
A todo lo respondido por mis colegas agrego, cada delegación del Ministerio de Trabajo tiene su característica, ej: en Morón vos presentas el acuerdo, en La Matanza ellos lo realizan en la misma audiencia igual que San Martín.