Estimados, tengo una sucesion muy conflictiva. Un matrimonio fallece hace 40 años dejando un terreno y 3 hijas. Una de ellas cede derechos a mi clienta, quien procede a edificar (en la decada del 90) su casa, y vive hasta el 2017 donde la otra, empieza a edificar en la parte de adelante. Ahi empiezan denuncias por violencia, restricciones perimetrales, y penales por amenazas y demas yerbas. Mi clienta empezo una reforma en una parte del terreno, mientras la hermana tambien queria construir, y lio todo los dias. Nosotros, patrocinando a la primera, presentamos una prohibicion de innovar sobre el terreno para parar todo hasta la particion. El tema es q el juzgado me saca un previo pidiendome q aclare q tipo de proceso se va a iniciar a futuro, a los efectos de determinar la viabilidad de la medida cautelar. A futuro no voy a iniciar nada, es solamente q no se pueda modificar el estado juridico y material del terreno hasta la particion, lo cual esta aclarado en la demanda.. Q tendria q aclarar en relacion a esto? lo mismo q en la demanda?? Gracias!!!