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  • ACTA DE NACIMIENTO APOSTILLADA

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1415448  por Elyse2016
 
Buenas tardes colegas

Tengo un caso de Jubilación por tareas de cuidado, mujer de nacionalidad boliviana, dos hijas, ambas bolivianas. una naturalizada argentina desde 2002.
Para iniciar tramite me piden las actas de nacimiento apostilladas, estuve averiguando en la embajada y me dicen que solo se puede realizar en el pais de origen, que el tramite no se puede solicitar desde nuestro pais.
Luego en ANSES me comentan que otra opción es ir a Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, lo que puedo ver por web es que apostillan documentación argentina, no extranjera.

Si alguien me orienta porque no se que hacer y necesito esos dos años

desde ya muchas gracias *flor*
 #1415617  por lucky
 
Siempre que me enviaron documentación del exterior, no para estos temas pero sí para algún juicio (por ejemplo Poderes), vino apostillada desde el país emisor del documento.
 #1415646  por Elyse2016
 
Gracias Lucky por responder

Volveré a chequear las actas de nacimiento de las hijas de esta señora, haber si se me paso algo, no creo haberlas visto apostilladas.

Me podrás ampliar el tema de como pedís este tipo de documentación al exterior? y si es muy costoso?

nuevamente muchas gracias por responder
 #1416114  por lucky
 
Mirá, cuando le pedía el apostillado era la persona interesada la que averiguaba donde le ponían la apostilla en el país de residencia.

Pero acabo de recordar que hay una norma de Anses, ACTI 01-46 del 22/7/2020, que se refiere a la documentación proveniente del exterior.
Y en un punto, respecto de lo que consultas, dice:

5. Documentación emitida en el exterior: las copias emitidas en el exterior (Partidas de
matrimonio/nacimiento, Partida de fallecimientos, etc.) deberán estar traducidas y
visadas por el Consulado argentino en el exterior.
Estos documentos harán fe en territorio nacional, sin necesidad de su posterior
legalización ante otra autoridad argentina, conforme Decreto 1629/2001.

Luego enumera varios incisos.
a) Convención de La HAYA: si el país emisor del documento fuera signatario de la
Convención de La Haya deberá constar el sello apostille en el Acta, Partida o
Certificado emanada de la autoridad competente del citado país quedando
exceptuados de realizar el visado consular.
El listado de países signatarios del Convenio de la Haya se encuentra disponible en
la página de INTRANET- Servicios - Información.


g) Nacimientos en Bolivia: conforme la Resolución 146/09 del Ministerio del Interior,
se reconocen como válidos los certificados de nacimientos consulares expedidos
por representación consular de la República de Bolivia sin necesidad de certificarlos
 #1416331  por Elyse2016
 
lucky escribió: Mié, 09 Mar 2022, 09:32 Mirá, cuando le pedía el apostillado era la persona interesada la que averiguaba donde le ponían la apostilla en el país de residencia.

Pero acabo de recordar que hay una norma de Anses, ACTI 01-46 del 22/7/2020, que se refiere a la documentación proveniente del exterior.
Y en un punto, respecto de lo que consultas, dice:

5. Documentación emitida en el exterior: las copias emitidas en el exterior (Partidas de
matrimonio/nacimiento, Partida de fallecimientos, etc.) deberán estar traducidas y
visadas por el Consulado argentino en el exterior.
Estos documentos harán fe en territorio nacional, sin necesidad de su posterior
legalización ante otra autoridad argentina, conforme Decreto 1629/2001.

Luego enumera varios incisos.
a) Convención de La HAYA: si el país emisor del documento fuera signatario de la
Convención de La Haya deberá constar el sello apostille en el Acta, Partida o
Certificado emanada de la autoridad competente del citado país quedando
exceptuados de realizar el visado consular.
El listado de países signatarios del Convenio de la Haya se encuentra disponible en
la página de INTRANET- Servicios - Información.


g) Nacimientos en Bolivia: conforme la Resolución 146/09 del Ministerio del Interior,
se reconocen como válidos los certificados de nacimientos consulares expedidos
por representación consular de la República de Bolivia sin necesidad de certificarlos
Muchas gracias! sos un genio! *flor*