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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1413897  por picki86
 
Buenos días foristas,

Les hago la siguiente consulta:

Un cliente que está por cumplir los 65 años de edad tiene aportes de variada índole: en empresas privadas, como autónomo, en universidades privadas y en universidades públicas. Considerando el régimen especial para docentes de universidades públicas, tengo las siguientes dudas:

1.- En caso que no llegue a completar los 25 años de aportes en universidades nacionales públicas pero tenga 10 años de docente al frente de grado en estas universidades, puede solicitar el 82%?

2.- En caso que no llegue a completar los 25 años de aportes en universidades nacionales ni llegue a tener los 10 años de docente al frente de grado, la cantidad de años que tenga como docente (inferior a 10 años) la puedo prorraterar para bajar el requisito de años de aportes?

Desde ya, agradezco sus intervenciones
Saludos
 #1414037  por lucky
 
La respuesta a ambas dudas es no. Respecto de la segunda pregunta, ni siquiera en la docencia no universitaria se permite el prorrateo cuando los años como docente son inferiores a 10.
Más allá de la ley 26508, hay una PREV de ANSES del 18/02/2016 que reglamenta eso (es la Nº 11-40).
Si la googleás, las vas a encontrar.
 #1414149  por MARIO1943
 
CON RESPECTO AL PUNTO 2
VOS PONES QUE LOS APORTES SEAN MENORES A 10 AÑOS FRENTE A GRADO, NO HACE FALTA QUE SEAN FRENTE A GRADOS, QUIERE DECIR QUE MINIMO TENES QUE TENER 10 AÑOS DOCENTES Y SI ES ASI, HAY PRORRATEO
 #1414380  por lasflores
 
Buenas tardes, en relación a este tema no comprendo bien la norma.
El caso de mi cliente es 20 años en Universidad y 10 al frente de grado. Puedo prorratear el tiempo de servicios?
En la Prev que cita Lucky luego de enumerar los requisitos dice " Cuando no puedan acreditarse períodos completos del lapso exigido de servicios universitarios, los mismos serán considerados servicios comunes a los efectos del haber de la prestación, rigiéndose por el régimen previsional general vigente."
O sea, no se toman como los servicios como docentes a los efectos del haber, pero a los efectos del prorrateo del tiempo de servicios?
Muchas gracias
 #1415017  por picki86
 
lucky escribió: Lun, 07 Mar 2022, 14:12 La respuesta a ambas dudas es no. Respecto de la segunda pregunta, ni siquiera en la docencia no universitaria se permite el prorrateo cuando los años como docente son inferiores a 10.
Más allá de la ley 26508, hay una PREV de ANSES del 18/02/2016 que reglamenta eso (es la Nº 11-40).
Si la googleás, las vas a encontrar.
Muchas gracias!!!
 #1416373  por MARIO1943
 
lasflores escribió: Lun, 07 Mar 2022, 20:41 Buenas tardes, en relación a este tema no comprendo bien la norma.
El caso de mi cliente es 20 años en Universidad y 10 al frente de grado. Puedo prorratear el tiempo de servicios?

NO TENES QUE PRORRATEAR, SI TENES 10 AÑOS FRENTE A GRADO Y POR OTRO LADO COMPUTAS MAS DE 25 AÑOS DE DOCENCIA, ALCANZA 35 ÑOS DE DOCENCIA, QUE QUERES PRORRATEAR?

En la Prev que cita Lucky luego de enumerar los requisitos dice " Cuando no puedan acreditarse períodos completos del lapso exigido de servicios universitarios, los mismos serán considerados servicios comunes a los efectos del haber de la prestación, rigiéndose por el régimen previsional general vigente."
O sea, no se toman como los servicios como docentes a los efectos del haber, pero a los efectos del prorrateo del tiempo de servicios?

EN ESTE CASO COMO NO LLEGA A REUNIR 10 AÑOS DE DOCENCIA, NO HAY PRORRATEO Y VA AL REGIMEN JUBILACION ORDINARIA, LOS PERIODOS DE DOCENCIA SE COMPUTA COMO COMUNES Y NO HAY PRORRATEO, POR NO TENER MINIMO 10 DE DOCENCIA, AUNQUE NO FUERAN FRENTE A GRADO
 #1418757  por lasflores
 
Buenas tardes. Gracias Mario por la respuesta. Veo que me expresé mal, no tiene 20 años de docente mas 10 al frente de grado, sino 20 años en total como docente universitario. En ese caso, si cumple el requisito de 10 al frente de grado, pero llega a un total de 20 años de docente, se prorratea el tiempo de servicios a los efectos del derecho al beneficio?
Saludos
 #1418926  por MARIO1943
 
MARIO1943 escribió: Vie, 11 Mar 2022, 17:35 SI, EN ESE QUE NO COMPUTA LOS 25 AÑOS VA AL PRORRATEO
CUANDO SE HACE EL PRORRATEO, SI TENES MAS EDAD DE LO QUE TE DA EL PRORRATEO, NO SE PUEDE COMPUTAR ART 19 LEY 24241 POR EXCESO DE EDAD
 #1419008  por lasflores
 
Muchas gracias Mario! No se porque me resulta tan complicado este tema de docentes universitarios. La última consulta: el haber se calcula conforme régimen común verdad? porque mi cliente cobra un sueldo muy superior como médico que como docente.
Saludos