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 #142035  por martin-
 
Hola!!! tengo una duda con respecto al plazo de un alquiler... es el de un terreno de 4 hectáreas destinado a la cria de cerdos... es comercial no? o sea el minimo es de tres años? mi duda es que la ley de locaciones urbanas habla de guarda de animales a los que no se le aplica el mínimo...
pero les cuento bien... mi problema empezó cuando me cae una clienta para un desalojo por falta de pago ("el contrato lo hizo un ABOGADO" que es el locatario). Como lo plasmo en la demanda... por que tengo que poner el plazo... y tambien para el tema de los aportes que en cordoba se saca teniendo en cuenta los meses que faltan para finalizar la relacion locativa... que opinan? desde ya muchas gracias

 #142647  por Charlie
 
El art. 1507 del Código Civil establece que el beneficio del plazo legal a favor del locatario cesará por las siguientes causas: 1) Falta de pago de dos periodos consecutivos de alquiler.

Este párrafo no fue derogado por la ley 23091, por lo cual sigue vigente. Por lo tanto, si el locatario se encuentra en esta situación, entiendo que no puede invocar el plazo mínimo, y el desalojo por falta de pago es procedente.

Siendo así, me parece que aquí no interesa el plazo por el cual se debería haber celebrado el contrato de locación (dos o tres años).

Es mi opinión, y así lo voto
:D

Saludos.

 #142661  por Sailaw
 
Si, pero si se reunen las dos causales es mejor, y más seguro (supongamos una consignación válida de los alquileres caidos), si se demanda por falta de pago y supletoriamente por contrato vencido, sería mejor indudablemente.

Cuando en un contrato no se fija el plazo, en el caso de los alquileres se considera hecho por el minimo legal, que en el caso de un criadero de cerdos, es comercial... 3 años.

 #143014  por martin-
 
Gracias por contestar...... Hable con el pro y me dijo que pagara dos años y de ultima despues se ve... entonces... me conviene ingresarlo antes del vencimiento, no? vence (si tomamos dos años que es lo que figura en el contrato) el 30 de este mes... ahora... me pregunto... mas alla de el error de este abogado de poner dos años... habria alguna posibilidad de que no prospere el desalojo?, siendo que no paga hace 9 meses... yo creo que lo saco igual ... ustedes que opinan... de ultima, y mas siendo abogado... NADIE PUEDE ALEGAR EN SU DEFENSA SU PROPIA TORPEZA..... no? merefiero al contrato que hizo... TAN MAL... siendo un abogado de años... y otra cosa... el lote esta fuera del radio urbano... esta rosando un arrendamiento rural, no?