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  • metida de pata?

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #140837  por HERNAN3192
 
Hola, querìa comentarles que me parece que meti la pata, tengo un cliente que tenia que cobrar unas indemnizaciòn que le correspondia al hermano fallecido.
tramito la sucesiòn ab-intestato, (capital federal), declaran heredero a mi cliente (hermano del causante), en el mismo expediente acompaño las partidas de defunciòn de los padres de mi cliente (idem que del causante), el padre fallecio antes que el causante, pero la madre despues.

ahora me presento a cobrar y me dicen que la declaratoria que tengo esta mal y que tengo que trámitar la sucesión de la madre de ambos y luego ir donde trámite la sucesión del hermano y pedir que me aclaren en el testimonio que mi clienta sucede al hermano porque es sucesora de la madre.

Serà asi, se confundiò el M. fiscal, el juez y yo, al entablar la sucesiòn del hermano directo, y dictar la declaratoira de causahabientes

caso:

A: padre (fallece 1ro)
B: madre (fallece 3RA.)
c:causante (fallece 2do)

y para el colmo la madre no tenia ni un bien. ¿tengo que tràmitar la sucesión en el aire, sin bienes,?
hasta pronto y gracias. :roll:

 #141015  por martha
 
Te pregunto: vos acompañaste en el sucesorio la defuncion de la madre, me parece que si bien es correcto lo que te han dicho en terminos generales, tal vez puedas charlarlo en el juzgado, manifestando que es la unica heredera, que no hay bienes, salvo el cobro de esa indemnizacion y ver que te dicen.
:idea:

 #141020  por Sailaw
 
Estas a tiempo para una reposición con apelación subsidiaria?
 #141245  por HERNAN3192
 
los que me piden la declaratoria de la madre es el ente que me va a pagar, y si acompañe las partidas de defunciòn de la madre y el padre y el M.fiscal ni el juez dijeron nada.

no tengo posibilidad de conseguir la partida de matrimonio de los padres el resto de la documentaciòn si, podre evitar que me la pidan (porque no la consigo ni loco, porque no existen registro, fue en paraguay y lame al registro y me informaron eso) Digo, porque pienso iniciar la suesiòn de la madre.

 #141303  por DAL
 
Tienen razon:

Cuando fallece el padre le suceden la madre y los hijos ( aca el hermano muerto es uno y tu cliente otro, y puede haber más).

Cuando fallece "el hermano" si es soltero y sin hijos le sucede EXCLUSIVAMENTE su madre ( si no testó). Nadie más lo hereda que su madre.

Al fallecer su madre, la heredan sus hijos vivos. Entre ellos tu cliente y puede haber más.

No podés alterar el orden de las sucesiones.
Tu cliente jamás fue heredera de su hermano porque su hermano tenía herederos forzosos ( la mamá).

Arreglar y darle para adelante!!!!!!
 #142025  por HERNAN3192
 
comparto la posición de DAL, pero me parece que el tener en mis manos una declaratoria de herederos a favor de mi clienta, y tener que perder 6 meses en iniciar un proceso en provincia, no me deja pensar claramente, maximo que yo me pude confundir en no respetar el orden sucesorio pero, ¿ y el ministerio fiscal y el juez, si vieron las partidas de defunción, como se confunden tanto?. gracias por todo.

 #142088  por guillermogrt
 
Porque son seres humanos; al margen de que estamos en la argentina, no.

 #142097  por guillermogrt
 
el año pasado, en juzgado de la calle uruguay, inicie un proceso solicitando la declaracion de ausencia por desaparicion forzada; se tramito todo de acuero a la ley respectiva. la sentencia salio por ausencia por presuncion de fallecimeintooooooooooooooooooooooooooooooooo. el agua y el aceite; no lo podia creer. lo que me dio bronca es que durante la tramitaicon del proceso, el que llevava el expediente era mas quisquilloso. lo hable con él, y me dijo "disuclpeme Dr. pida que modifique por escrito explicando la situacion". y asi fue, y lo modificaron.