Hola, me taré con una tontería y acudo en su ayuda la que agradezco desde ya.
Un consorcio decidió despedir al trabajador no permanente jornalizado por costos pero no quieren pagar la doble indemnización.
son 3 meses de preaviso por convenio y el decreto de la doble tiene fecha de finalización el 30 de junio.
1- Si le pongo fecha de despido 30 de junio entra en el decreto? Porque si le pongo 1 de julio se comen la integracion mes de despido.
2 - le doy preaviso de tres meses a partir del 30 de marzo le corresponde la doble porque venceria el 30 de junio? Porque no se puede despedir hoy segun el decreto asi que mi duda mayor es si puedo hacerlo hoy para que tenga vigencia en 3 meses.
Tengo la opcion de despedirlo 1 de julio asi que la respuesta de la pregunta 2 es la mas importante. Se puede enviar ya telegrama de despido o entra en el decreto igual?
gracias de nuevo y agradecere el intercambio de opiniones
Un consorcio decidió despedir al trabajador no permanente jornalizado por costos pero no quieren pagar la doble indemnización.
son 3 meses de preaviso por convenio y el decreto de la doble tiene fecha de finalización el 30 de junio.
1- Si le pongo fecha de despido 30 de junio entra en el decreto? Porque si le pongo 1 de julio se comen la integracion mes de despido.
2 - le doy preaviso de tres meses a partir del 30 de marzo le corresponde la doble porque venceria el 30 de junio? Porque no se puede despedir hoy segun el decreto asi que mi duda mayor es si puedo hacerlo hoy para que tenga vigencia en 3 meses.
Tengo la opcion de despedirlo 1 de julio asi que la respuesta de la pregunta 2 es la mas importante. Se puede enviar ya telegrama de despido o entra en el decreto igual?
gracias de nuevo y agradecere el intercambio de opiniones