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 #142215  por 123justicia
 
como se liquida? solo este decreto se aplica y el sac y las multas por falta de registro se aplican? es en capital federal.- 2 veces por semana 4 horas cada vez trabajaba. la tiene q indemmnizar la patrona?¿
:oops: urgrmtr ayuda
el detoDECRETO LEY 326/56
SERVICIO DOMESTICO.

 #142238  por sergiosky
 
solo es decreto se aplica, estan excluidos los beneficios de la LCT por lo que no podes reclamar multas por falta de registracion.
podes pedir SAC si es que trabajó mas de un mes aunque me parece que por lo que comentas (solo trabajaba 2 dias a la semana) quedaría aparentemente excluido del estatuto del personal domestico.
podes reclamar antiguedad si es que trabajó minimamente 1 año; preaviso si trabajó minimamente 3 meses. de todas maneras te recomiendo que leas bien el estatuto para saber bien que es lo que podes reclamar, y solo lo que dice el estatuto, sin multas.

 #142243  por 123justicia
 
sergiosky escribió:solo es decreto se aplica, estan excluidos los beneficios de la LCT por lo que no podes reclamar multas por falta de registracion.
podes pedir SAC si es que trabajó mas de un mes aunque me parece que por lo que comentas (solo trabajaba 2 dias a la semana) quedaría aparentemente excluido del estatuto del personal domestico.
podes reclamar antiguedad si es que trabajó minimamente 1 año; preaviso si trabajó minimamente 3 meses. de todas maneras te recomiendo que leas bien el estatuto para saber bien que es lo que podes reclamar, y solo lo que dice el estatuto, sin multas.
esta el dto 326/56 y el dto y el 7979/56.- no hay otra cosa, convenio no hay estatuto?¿ decis cual? gracias

 #142594  por sergiosky
 
dto 326/56