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  • Cual es el valor Juridico de un contradocumento ?

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 #142236  por carol
 
Mi hermano, puso una propiedad a mi nombre hace como 20 años atras ya que como todavia no estaba divorciado no queria que dicha casa fuera parte de los bienes matrimoniales. la cuestion es que la escritura de la casa esta ami nombre, y él me la reclama y dice que yo firme un contradocumento , pero no me acuedo haberlo firmado en absoluto!
Aclaro que soy docente y vivo en la casa, mi hermano no vive en el pais y tiene propiedades por mas de 2 millones de dolares en Europa.

 #142736  por mauricio198308
 
a ver.........
Tu hermano puso a tu nombre un bien ganancial????????? Sin la autorización de la conyuge???????
Yo no se quien habrá sido el escribano, pero el que haya hecho eso es un tranfuga. No puede disponer de un bien ganancial sin autorización del conyuge, por lo cual legalmente el bien sigue siendo de la sociedad conyugal.

Slds!
Mauricio

 #142898  por MORGAN
 
Espere que la demande, mientras tanto consulte a un abogado y por supuesto quedese tranquila tiene solución.

 #142919  por Selma
 
mauricio198308 escribió:a ver.........
Tu hermano puso a tu nombre un bien ganancial????????? Sin la autorización de la conyuge???????
Yo no se quien habrá sido el escribano, pero el que haya hecho eso es un tranfuga. No puede disponer de un bien ganancial sin autorización del conyuge, por lo cual legalmente el bien sigue siendo de la sociedad conyugal.

Slds!
Mauricio
Mauricio, debe haberla comprado directamente a nombre de Carol...

Carol, siga los consejos de Morgan, vea un abogado pero no se angustie que es solucionable...

 #142922  por dani_7
 
Le aconsejo que consulte a un abogado, mientras tanto como le dijeron arriba no se angustie (no conozco su situación) pero no deje de consultar un abogado, más ante una eventual demanda.

Ahora utilizando el sentido común, si el bien no es de su propiedad no seria lo justo devolverlo? Y que su hermano también haga lo propio en lo que respecta a la ganancialidad? más teniendo en cuenta el patrimonio mencionado.
Estas practicas son comunes en su familia?

 #142924  por Sailaw
 
Art.959.- Los que hubieren simulado un acto con el fin de violar las leyes o de perjudicar a un tercero, no pueden ejercer acción alguna el uno contra el otro, sobre la simulación, salvo que la acción tenga por objeto dejar sin efecto el acto y las partes no puedan obtener ningún beneficio de la anulación.




Art.960.- Si hubiere sobre la simulación un contradocumento firmado por alguna de las partes, para dejar sin efecto el acto simulado, cuando éste hubiera sido ilícito, o cuando fuere lícito, explicando o restringiendo el acto precedente, los jueces pueden conocer sobre él y sobre la simulación, si el contradocumento no contuviese algo contra la prohibición de las leyes, o contra los derechos de un tercero.

Sólo podrá prescindirse del contradocumento para admitir la acción, si mediaran circunstancias que hagan inequívoca la existencia de la simulación.


Que tu hermano se vaya a cantar a Gardel!!!!

Y aún así está cumplida la prescripción adquisitiva, de las dos maneras, la de 10 años y la de 20. A otra cosa mariposa!!!!

 #142950  por DRA. ANA BELEN G.
 
Carol, mas alla de lo cuestionable del proceder tanto de su hermano -q no es tan grave-, y peor el suyo, pues yo no me quedaria tranquila con algo q se q no me pertenece-, le respondo su pregunta. El contradocumento, para q sea valido, debe ser una nueva ESCRITURA PUBLICA, a la q se le suele dar ese nombre de contradocumento, y en la q Ud. reconoce q el bien lo adquiriio su hno para q ud lo usufructe´por un tiempo, pero q el es el verdadero propietario. Solo tiene validez si esta hecho por escribano mediante escritura publica. No son validos -frente a terceros- documentos privados (o sea, un papelucho q ud le firme reconociendo tal o cual cosa).

 #143060  por DAL
 
Bueno en realidad los contradocumentos JAMAS son validos frente a terceros, tengan la forma que tengan!

 #143506  por DRA. ANA BELEN G.
 
Em...si. Su hermano tendria q hacer una nueva escritura donde UD. reconoce q el es propietario. Tuve en mi poder varios "contradocumentos" donde una persona reconoce por ejemplo, q el automovil de su propiedad, lo es en un 50% y el otro 50% de un concubino, y el escribano da fe. Los escribanos los suelen llamar contradocumentos; los hacen escritura publica mediante.

 #143546  por Tiziano
 
Dr. Sailaw... y ni siquiera debería verlo por el lado de prescribir el inmueble pues Carol posee un título perfecto y suficiente ¿o me equivoco?
Ella tiene escritura pública y registro del bien a su nombre ¿que más necesita?
Otra duda ¿que pasa si el hno tiene un contradocumento protocolizado por escribano? solo podría hacerlo valer para hacer caer el propio acto que perjudicó a su ex o sea la simulación, pero no ganaría nada, porque a esa altura Carol si podría hacer valer la prescripción adquisitiva aún de mala fe.
Ahora, hay escribanos de todas las calañas... mamita.

 #143584  por Sailaw
 
Amiguito Tiziano, supongamos que se prueba y admita la simulación (mera suposición), de todas maneras estan cumplidos los plazos de la Usucapión, o yendo por el sentido inverso de la prescripción liberatoria.

 #143941  por mauricio198308
 
En realidad un contradocumento es válido si lo que busca es reconocer un derecho de terceros, o sea, en este caso el contradocumento aclara el derecho que tiene el cónyuge a la ganancialidad del bien, o no es así? En ese caso, el juez no puede tener en cuenta el contradocumento?

Lo que no me queda claro es porque el contradocumento debe ser por escritura pública....es porque se trata sobre la adquisición de un bien inmueble (art 1184 inc 1)?

slds!
Mauricio