Al comenzar el juicio, se deben acreditar una serie de requisitos previos, como ser el plano de agrimensura, las condiciones de dominio del inmueble, catastro y entre ellas la valuaciòn fiscal, que sirve de monto imponible, y es cuando inicias el juicio.
Cuando no se paga tasa el comienzo es en las sucesiones, que se abona al momento de inscripciòn de las propiedades
********Abogado********
Ciudad Autónoma de Bs.As.