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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #143564  por Verónica Marí­a
 
tengo un cliente que sufrió un accidente in itinere. tiene cortado el dedo pulgar. No quiere demandar a su empleador porque sigue trabajando. Ahora lo va a ver la comisión médica de la superintendencia para determinarle el grado de incapacidad. Entiendo que solamente tengo chance de demandar a la ART para que le pague el porcentaje de incapacidad que me determine el médico legista y no uno más bajo (como seguramente va a ser el que determine la comisión médica). Ahora, las ART se obligan hasta un límite, tengo entendido. como es este asunto?

 #143824  por Marjavi
 
En la junta médica se va a determinar el porcentanje de incapacidad de tu cliente a raiz de lo que llaman "contingencia", en base a ese porcentaje y a un cálculo matemático fijo que vas a encontrar en la L.R.T. se va a determinar el monto de la indemnización que le van a pagar a tu cliente.
Podes asistir a la audiencia pero no podes intervenir, (poco y nada serviria ya que no sos medica), es por ello que conviene que tu cliente se presente con un médico amigo para que discuta en junta médica un porcentaje mayor.- El secreto de no hacer juicio es ir con un médico a la junta médica y te den un buen porcentaje de incapacidad.
Ha!!! no podés regular honorarios asi que tenes que cobrarle porcentaje-.... SUERTE.

 #144350  por Verónica Marí­a
 
gracias ¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡ marcelo
si, pienso de honorarios entre un 10 y un 20.