Hola, ese supuesto tiene que estar previsto en la Reglamentación de cada Casa de Estudio, y, tal vez, el Ministerio de Educación Nacional y los Provinciales, tengan alguna Reglamentación de Referencia.
En cuanto al supuesto penal, podría ser "Plagio de Identidad de Persona que deriva en Defraudación de Confianza", una de sus penas sería, previa conformación de un escrito recontra sumarísimo, una sanción de multa, expulsión e inhabilitación moral y material; (en la Edad Media, anterior y algo de la posterior, le cabería la pena máxima o a remar en las galeras).
Hay una parte del Código Penal de la Nación dedicado al tema: ....el que......
Saludos.
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