Buenos días,
En los casos de fallecimiento por accidente de trabajo / enfermedad profesional la LRT establece prestaciones de pago único. Las mismas hoy en día son fijadas por Resoluciones de la SSS. Actualmente para el caso de fallecimiento la prevista en el art. 11 c) asciende a 4.082.225 para los siniestros comprendidos entre marzo y agosto de 2022.
Mi duda es que pasa con esa prestación con el transcurso del tiempo ya que un trabajador que fallecio en junio de 2021 por Resolución le correspondería $2.422.209,17 (asi lo liquida Rubinzal on line) pero claramente ese monto queda desfazado con el actual.
Alguien sabe si hay alguna normativa que los actualice hasta la fecha de pago?
Muchas gracias.
En los casos de fallecimiento por accidente de trabajo / enfermedad profesional la LRT establece prestaciones de pago único. Las mismas hoy en día son fijadas por Resoluciones de la SSS. Actualmente para el caso de fallecimiento la prevista en el art. 11 c) asciende a 4.082.225 para los siniestros comprendidos entre marzo y agosto de 2022.
Mi duda es que pasa con esa prestación con el transcurso del tiempo ya que un trabajador que fallecio en junio de 2021 por Resolución le correspondería $2.422.209,17 (asi lo liquida Rubinzal on line) pero claramente ese monto queda desfazado con el actual.
Alguien sabe si hay alguna normativa que los actualice hasta la fecha de pago?
Muchas gracias.