Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • DUDA PROCESAL ¿como sigo?

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #143417  por JAN58
 
En un Juico de amparo para que le provean una protesis y se pueda operar presenté también una medida cautelar innovativa. En primera instancia le hacen lugar a la medida cautelar para que la empresa de medicina prepaga le provea una protesis y la autorizan para que sea intervenida quirurgicamente dentro del plazo de 48hs Bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 239 Codigo Penal. haciéndose saber que el no acatamiento significará incurrir en delito, el que será comunicado a la Fiscalía Federal que por orden de turno corresponda. Notifiquese. Luego de notificados por oficio, APELAN la medida y la Cámara resuelve: Confirmar la resolución apelada, con costas a la recurrente (conf. art. 68 del CPCCN) Registrese, notifiquese y devuélvase. Nos notificamos pero la demandada (medicina preapga)no constituyó domicilio en La Plata por lo tanto esta notidficada Ministerio legis. El expediente volvió a Juzgado. Y ahora ¿Cómo sigo? preseto un escrito atento a no haber dadop cumplimetno a lo ordenado solicito el apercibimiento de de lo dispuesto en el art. 239 Código Penal. O Sugieren que me comunique con el letrado de la otra parte. O que otra cosa sugieren
 #143426  por SALINASPAU
 
JAN58 escribió:En un Juico de amparo para que le provean una protesis y se pueda operar presenté también una medida cautelar innovativa. En primera instancia le hacen lugar a la medida cautelar para que la empresa de medicina prepaga le provea una protesis y la autorizan para que sea intervenida quirurgicamente dentro del plazo de 48hs Bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 239 Codigo Penal. haciéndose saber que el no acatamiento significará incurrir en delito, el que será comunicado a la Fiscalía Federal que por orden de turno corresponda. Notifiquese. Luego de notificados por oficio, APELAN la medida y la Cámara resuelve: Confirmar la resolución apelada, con costas a la recurrente (conf. art. 68 del CPCCN) Registrese, notifiquese y devuélvase. Nos notificamos pero la demandada (medicina preapga)no constituyó domicilio en La Plata por lo tanto esta notidficada Ministerio legis. El expediente volvió a Juzgado. Y ahora ¿Cómo sigo? preseto un escrito atento a no haber dadop cumplimetno a lo ordenado solicito el apercibimiento de de lo dispuesto en el art. 239 Código Penal. O Sugieren que me comunique con el letrado de la otra parte. O que otra
cosa sugieren
Hola, se me ocurre segun tu relato. Comenzar la Etapa de la "ejecucion" pedir fijacion de astreintes, por un lado y por otro pedir varios o un presupuesto del valor de la protesis, a fin de pedir un embargo sobre la cuenta bancaria a fin de que se le pague al prestador propuesto el valor de la protesis, como asi tambien el costo de la cirugia. En el caso de la cirugia en sí, ubicar la clinica prestadora de la prepaga, y solicitar al juez que ordene llevarla a cabo a costa de la prepaga. Como medida para poder embargar la cuenta corriente, solicitar se libre oficio al Banco central de la Republica Argentina informe las cuentas bancarias que tenga la misma. Desde ya si hablamos de una prepaga. Pues si hablamos de una obra social, estas con seguridad tienen cuenta en el Banco Nacion sucursal Plaza de MAyo y tambien podes ir a la AFIP y embargarle las retenciones de los aportes y contribuciones que todos los meses ésta como ente recaudador le transfieren y es mejor que embargar la cuenta cte que puede no tener fondos hasta la proxima recaudacion. En ese caso, pedis se libre oficio a la AFIP, RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL a fin de que embarguen las sumas que arroje de la protesis y la operacion. Y por otro lado, pedis copias certificadas e inicias la denucia penal, por abandono de persona, creo. o incumplimiento de una manda judicial. Saludos. Si queres saber de obras sociales, trabaje en 2. Conozco el funcionamiento y descaro con el que se manejan. Suerte.

 #145394  por JAN58
 
GRACIAS SALINASPAU.