Hola foristas Alguien sabe si se modificó el plazo de prescripción para entablar acciones por daños y perjuicios dereivadas de accidentes de tránsito. Porfi una ayudita
Tiziano escribió:Nieves.... la responsabilidad extracontractual como bien dice Sailaw es de dos años... pero tené cuidado que si se puede imputar responsabilidad contractual es solo de un año.Que? Responsabilidad extracontractual 2 años. Contractual 10 años.
De todas formas consultalo porque soy estudiante, pero estoy seguro.
Suerte.