Estimados ¿Cómo están?
Necesito contar con el exceso de edad en una jubilación y estoy ahí con los tiempos.
Alguna vez escuché en un curso que había un mínimo para aplicar el Art. 19.
Aquí voy a tener un exceso de edad de casi 6 meses, lo cual me da un poco más de 2 meses de compensación, que es lo que yo necesito, 2 meses.
¿Hay algún mínimo que alcanzar en efecto? ¿O fue algo que entendí o se explicó mal?
Gracias a todos
Necesito contar con el exceso de edad en una jubilación y estoy ahí con los tiempos.
Alguna vez escuché en un curso que había un mínimo para aplicar el Art. 19.
Aquí voy a tener un exceso de edad de casi 6 meses, lo cual me da un poco más de 2 meses de compensación, que es lo que yo necesito, 2 meses.
¿Hay algún mínimo que alcanzar en efecto? ¿O fue algo que entendí o se explicó mal?
Gracias a todos