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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1468999  por Miguel0987
 
Estimados buenas tardes, les consulto sobre un caso (para Mi atípico), una clienta cobrando RDI del Esposo Fallecido? y
el monto no alcanza la mínima, ahora el expediente aparentemente se inicia en el 2008 (SIJP), se da de alta en 2009 (SIPA), por otro lado Mi Clienta manifiesta que el causante falleció abruptamente, (nunca estuvo con licencia por enfermedad), por las dudas solicite la digitalización del expte., en el caso que Mi Clienta este en lo correcto, Debería ir por reajuste directo, que opinan. desde ya Gracias a quienes puedan aportar algún parecer al respecto. saludos
 #1469001  por lucky
 
¿Cuánto cobra la sra de pensión? ¿No será una pensión compartida?
Porque menos del mínimo no puede cobrar, salvo que sea compartida o, por la época en que falleció el jubilado (que sería la fecha de adquisición del derecho), este hombre haya estado jubilado cobrando de una AFJP.
Hay que ver la resolución y el detalle del beneficio.
 #1469006  por Miguel0987
 
Hola Lucky gracias por Tu colaboración, según la Cónyuge estaba trabajando, ese finde cocúrre a una fiesta en un pueblo y tiene el accidente, o sea fallece estando en actividad, y si, cobra menos de la mínima, como comente anteriormente solicite la digitalización del expte., Voy a ver si surge algo que no este en Mi conocimiento.
 #1469007  por lucky
 
Pero cuánto menos de la mínima cobra. Porque una cosa es que cobre $ 18000 (puede ser compartida) y otra que cobre $ 2000 (puede ser una pensión de renta vitalicia por la fecha de adquisición del derecho).
Además, ¿siempre cobró menos de la mínima?
Con la clave de seguridad social podés ver algunas de estas cosas.
 #1469033  por MARIO1943
 
Miguel0987 escribió: Mar, 14 Jun 2022, 16:20 Estimados buenas tardes, les consulto sobre un caso (para Mi atípico), una clienta cobrando RDI del Esposo Fallecido? y
el monto no alcanza la mínima, ahora el expediente aparentemente se inicia en el 2008 (SIJP), se da de alta en 2009 (SIPA), por otro lado Mi Clienta manifiesta que el causante falleció abruptamente, (nunca estuvo con licencia por enfermedad), por las dudas solicite la digitalización del expte., en el caso que Mi Clienta este en lo correcto, Debería ir por reajuste directo, que opinan. desde ya Gracias a quienes puedan aportar algún parecer al respecto. saludos
INDEPENDIENTEMENTE QUE NO HAY DUDA DE QUE TIENE QUE COBRAR LA MINIMA, NO SE ENTIENDE
QUE LA VIUDA ESTE COBRANDO RETIRO DEFINITIVO POR INVALIDEZ, DEL ESPOSO FALLECIDO, ADEMAS DICE QUE MUERE ESTANDO TRABAJANDO, TENDRIA QUE SER UNA PENSION DERIVADA O DIRECTA
 #1469356  por Miguel0987
 
Hola Perdon por la demora, contesto algunas dudas, cobra por debajo de la minima Aprox. $2.000, por lo que veo el tramite se inicia en tiempo de AFJP, y se otorga el beneficio en el SIPA, la liquidación mensual no tiene PBU.
 #1469457  por lasflores
 
Buen dia, creo que lo primero que tendrías que ver es si el esposo era afiliado regular o irregular con derecho, y se le otorgó un beneficio o si no tenía derecho y lo que está cobrando es el saldo de su cuenta de capitalización. En caso que fuera beneficiario con derecho reclamar la integración del haber mínimo.
Saludos