Buen día! Quería consultar por una duda que se me generó en un tema de alimentos: Frente al incumplimiento del alimentante en el pago de la cuota establecida y habiéndolo intimado al pago conforme el art 645CPCCBA, (embargo y venta de los bienes) no hizo efectivo el pago de lo debido. La duda es si puedo pedir el embargo en ese mismo expte o debo iniciar la ejecución de sentencia por incidente y pedirlo ahí. Gcias!
Hay un remedio para las culpas...RECONOCERLAS!!!