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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1469505  por florencoa
 
Estimados, buenos días. Preciso de su ayuda para el siguiente caso:

Tengo un cliente que trabajó en relación de dependencia para dos empresas con fecha anterior al 04/1999 y solamente cuenta con algunos recibos de sueldo correspondientes a esos períodos, pero ni en la sábana ni en la historia laboral de Mi Anses le figuran esos períodos. Ahora bien, mi inquietud surge en la forma en la que debo encarar esta jubilación: ¿Es conveniente y puedo en esos períodos (hasta el 09/1993) comprarle moratoria dejando de lado la probatoria de servicios en RRDD o me conviene probar esos servicios en relación de dependencia?

Agradezco que puedan orientarme. Saludos.-
 #1469516  por lucky
 
Si son pocos meses, yo no me complicaría y los compraría por moratoria.
Para hacerlos valer: si son posteriores a julio de 1994, y no aparecen en el SIPA, tenés que mandar telegrama a las empresas pidiendo las certificaciones. Si no te las hacen, con los telegramas y TODOS los recibos podrás probar que le hicieron los descuentos pero no le depositaron los aportes.
 #1469532  por florencoa
 
lucky escribió: Mié, 13 Jul 2022, 19:35 Si son pocos meses, yo no me complicaría y los compraría por moratoria.
Para hacerlos valer: si son posteriores a julio de 1994, y no aparecen en el SIPA, tenés que mandar telegrama a las empresas pidiendo las certificaciones. Si no te las hacen, con los telegramas y TODOS los recibos podrás probar que le hicieron los descuentos pero no le depositaron los aportes.
Hola Lucky. Perfecto; le voy a comprar moratoria entonces en esos períodos.
¡Muchísimas gracias por tu respuesta! Muy clara.
Saludos.
 #1469558  por MARIO1943
 
florencoa escribió: Mié, 13 Jul 2022, 12:07 Estimados, buenos días. Preciso de su ayuda para el siguiente caso:

Tengo un cliente que trabajó en relación de dependencia para dos empresas con fecha anterior al 04/1999 y solamente cuenta con algunos recibos de sueldo correspondientes a esos períodos, pero ni en la sábana ni en la historia laboral de Mi Anses le figuran esos períodos. Ahora bien, mi inquietud surge en la forma en la que debo encarar esta jubilación: ¿Es conveniente y puedo en esos períodos (hasta el 09/1993) comprarle moratoria dejando de lado la probatoria de servicios en RRDD o me conviene probar esos servicios en relación de dependencia?

Agradezco que puedan orientarme. Saludos.-
TENGO ALGUNAS DUDAS DE TU PLANTEO
1) COMO HACES PARA LLEGAR A LOS 30 AÑOS, SI DESPUES DEL 09/1993 , LA DEUDA LA PONES EN MORATORIA?
2) CUANTOS PERIODOS SUMAN LOS PERIODOS DE ESA DOS EMPRESA? PORQUE PUEDEN PERJUDICAR EN LA DETERMINACION DEL HABER DE LOS ULTIMOS 10 AÑOS, SALVO QUE ESOS PERIODOS ESTEN FUERA DE ESE PERIODOS
 #1469773  por florencoa
 
MARIO1943 escribió: Vie, 15 Jul 2022, 21:16
florencoa escribió: Mié, 13 Jul 2022, 12:07 Estimados, buenos días. Preciso de su ayuda para el siguiente caso:

Tengo un cliente que trabajó en relación de dependencia para dos empresas con fecha anterior al 04/1999 y solamente cuenta con algunos recibos de sueldo correspondientes a esos períodos, pero ni en la sábana ni en la historia laboral de Mi Anses le figuran esos períodos. Ahora bien, mi inquietud surge en la forma en la que debo encarar esta jubilación: ¿Es conveniente y puedo en esos períodos (hasta el 09/1993) comprarle moratoria dejando de lado la probatoria de servicios en RRDD o me conviene probar esos servicios en relación de dependencia?

Agradezco que puedan orientarme. Saludos.-
TENGO ALGUNAS DUDAS DE TU PLANTEO
1) COMO HACES PARA LLEGAR A LOS 30 AÑOS, SI DESPUES DEL 09/1993 , LA DEUDA LA PONES EN MORATORIA?
2) CUANTOS PERIODOS SUMAN LOS PERIODOS DE ESA DOS EMPRESA? PORQUE PUEDEN PERJUDICAR EN LA DETERMINACION DEL HABER DE LOS ULTIMOS 10 AÑOS, SALVO QUE ESOS PERIODOS ESTEN FUERA DE ESE PERIODOS
Hola Mario, ¿Cómo estás? Gracias por responderme.
Te cuento:
-Esos aportes de relación de dependencia que no figuran en el SIPA que son anteriores al 04/1999 suman en total 12a 06m (12 años para una empresa y 6 meses para otra); el tema es que no tiene todos los recibos de sueldo. Sólo muy pocos períodos
-Luego tiene RRDD que si figura en el SIPA 3 años (desde 04/1999 al 03/2002)
-Tiene desempleo: 8 meses
-Autónomo: 4a 06m
-Monotributo: 8a 09m

Mi idea era comprarle moratoria aprox. desde 07/1975 (fecha de nacimiento: 01/06/1957) hasta 10/1988 = 13a 04m.- ¿Qué opinas?
¿O pido certificación en esas empresas? Lucky me dijo que necesito todos los recibos aún con la certificación.
 #1469779  por MARIO1943
 
1) NO TE CONVIENE PERDER ESOS AÑOS, YA QUE TENES 10 AÑOS, ESO TE VA HACER SUBIR EL HABER, YA QUE DE LO CONTRARIO VAS A LA JUBILACION MINIMA
2) LO QUE DICE LUCKY ESTA BIEN, ANTE LA INCERTIDUMBRE DE QUE NO TENES TODOS LOS RECIBOS, PRESENTAS LO QUE TENGAS JUNTO CON LA C/D INTIMANDO A LA ENTREGA DE LAS CERTIFICACIONES
3) ANTE LA INCERTIDUMBRE, YO HARIA CON MORATORIA, PARA ASEGURARME LA JUBILACION, AUNQUE SEA LA MINIMA, NO IMPORTA QUE LA MORATORIA SE SUPERPONGAN CON LOS PERIODOS DE RR.DD. SI SALE BIEN, TENES UNA MEJOR JUBILACION CON EL AGREGADO DEL 1,5% QUE SE VAN AGREGAR DESPUES DE SUPERADO LOS 30 AÑOS
4) SI SALE BIEN EL RECONOCIMIENTO, TENES LA VENTAJAS POR LAS FECHAS DE HACER DESPUES JUICIO POR REAJUSTE
 #1469785  por florencoa
 
MARIO1943 escribió: Mar, 26 Jul 2022, 20:07 1) NO TE CONVIENE PERDER ESOS AÑOS, YA QUE TENES 10 AÑOS, ESO TE VA HACER SUBIR EL HABER, YA QUE DE LO CONTRARIO VAS A LA JUBILACION MINIMA
2) LO QUE DICE LUCKY ESTA BIEN, ANTE LA INCERTIDUMBRE DE QUE NO TENES TODOS LOS RECIBOS, PRESENTAS LO QUE TENGAS JUNTO CON LA C/D INTIMANDO A LA ENTREGA DE LAS CERTIFICACIONES
3) ANTE LA INCERTIDUMBRE, YO HARIA CON MORATORIA, PARA ASEGURARME LA JUBILACION, AUNQUE SEA LA MINIMA, NO IMPORTA QUE LA MORATORIA SE SUPERPONGAN CON LOS PERIODOS DE RR.DD. SI SALE BIEN, TENES UNA MEJOR JUBILACION CON EL AGREGADO DEL 1,5% QUE SE VAN AGREGAR DESPUES DE SUPERADO LOS 30 AÑOS
4) SI SALE BIEN EL RECONOCIMIENTO, TENES LA VENTAJAS POR LAS FECHAS DE HACER DESPUES JUICIO POR REAJUSTE
Buenos días, Mario.
Perfecto! Voy a hacer lo que me sugeriste en el punto 3: pedir certificaciones, adjuntar los recibos que tiene (muy pocos meses -4-) y compro moratoria igual. No había tenido en cuenta esa opción, iba a ir por una o por otra, así que muchísimas gracias por tu aporte. Siempre muy amable y claro.
 #1469813  por florencoa
 
MARIO1943 escribió: Mar, 26 Jul 2022, 20:07 1) NO TE CONVIENE PERDER ESOS AÑOS, YA QUE TENES 10 AÑOS, ESO TE VA HACER SUBIR EL HABER, YA QUE DE LO CONTRARIO VAS A LA JUBILACION MINIMA
2) LO QUE DICE LUCKY ESTA BIEN, ANTE LA INCERTIDUMBRE DE QUE NO TENES TODOS LOS RECIBOS, PRESENTAS LO QUE TENGAS JUNTO CON LA C/D INTIMANDO A LA ENTREGA DE LAS CERTIFICACIONES
3) ANTE LA INCERTIDUMBRE, YO HARIA CON MORATORIA, PARA ASEGURARME LA JUBILACION, AUNQUE SEA LA MINIMA, NO IMPORTA QUE LA MORATORIA SE SUPERPONGAN CON LOS PERIODOS DE RR.DD. SI SALE BIEN, TENES UNA MEJOR JUBILACION CON EL AGREGADO DEL 1,5% QUE SE VAN AGREGAR DESPUES DE SUPERADO LOS 30 AÑOS
4) SI SALE BIEN EL RECONOCIMIENTO, TENES LA VENTAJAS POR LAS FECHAS DE HACER DESPUES JUICIO POR REAJUSTE
Hola Mario. Disculpa que te moleste nuevamente. Me surgió una duda con respecto a tu recomendación: En el caso de que esos períodos en relación de dependencia sean reconocidos por Anses se estarían superponiendo con los que compré por moratoria... ¿No habrá problemas o está permitida esa superposición de moratoria y aportes en relación de dependencia? Tenía entendido que Anses lo rechazaba, pero no he tenido la experiencia. Muchas gracias!
 #1469834  por MARIO1943
 
1) ANSES NO TIENE PORQUE RECHAZARLA, NO TIENE FUNDAMENTO ALGUNO
2)UNA PERSONA PUEDE TENER PERIODOS EN RR,DD, Y AUTONOMOS SIMULTANEAMENTE, APARTE DE TENER RR.DD. PUEDE EJERCER UNA ACTIVIDAD AUTONOMA Y ANSES LE VA A EXIGIR EL APORTE DE AUTONOMO CORRESPONDIENTE, ESA EXIGENGIA HACE QUE LA ACTIVIDAD SEA COMPATIBLE
3) LA LEY 24476, DICE QUE EN FORMA VOLUNTARIA SE PUEDE ACOGER A REGULARIZAR DEUDA HASTA SET DE 1993, SIN JUSTIFICACION ALGUNA, LA RR.DD. NO ES NINGUN OBSTACULO PARA PODER ADHERIRSE
4)LO QUE ANSES NO PERI,ITE EN ESTOS CASOS QUE SE COMPUTEN DOS PERIODOS, SOLO PUEDE COMPUTARSE UN SOLO PERIODO, TAMPOCO PERMITE LA APLICACION DEL ARTICULO 3 D E LA LEY 24476
 #1469835  por florencoa
 
MARIO1943 escribió: Lun, 01 Ago 2022, 10:16 1) ANSES NO TIENE PORQUE RECHAZARLA, NO TIENE FUNDAMENTO ALGUNO
2)UNA PERSONA PUEDE TENER PERIODOS EN RR,DD, Y AUTONOMOS SIMULTANEAMENTE, APARTE DE TENER RR.DD. PUEDE EJERCER UNA ACTIVIDAD AUTONOMA Y ANSES LE VA A EXIGIR EL APORTE DE AUTONOMO CORRESPONDIENTE, ESA EXIGENGIA HACE QUE LA ACTIVIDAD SEA COMPATIBLE
3) LA LEY 24476, DICE QUE EN FORMA VOLUNTARIA SE PUEDE ACOGER A REGULARIZAR DEUDA HASTA SET DE 1993, SIN JUSTIFICACION ALGUNA, LA RR.DD. NO ES NINGUN OBSTACULO PARA PODER ADHERIRSE
4)LO QUE ANSES NO PERI,ITE EN ESTOS CASOS QUE SE COMPUTEN DOS PERIODOS, SOLO PUEDE COMPUTARSE UN SOLO PERIODO, TAMPOCO PERMITE LA APLICACION DEL ARTICULO 3 D E LA LEY 24476
Clarísimo Mario. ¡Muchísimas gracias por tu tiempo para responder y ayudarme!