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  • EXPEDIENTE DE PENSIÓN CON SENTENCIA DE CÁMARA

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1280799  por gisepont
 
Buenas noches, les hago una consulta a quienes llevan causas judiciales porque estoy tramitando mi primera causa en el fuero y desconozco si los tiempos que se manejan son los habituales.
Expediente de pensión con sentencia favorable de Cámara y recurso extraordinario denegado en fecha 2 de junio (ya también resolvió Corte el recurso de queja), sin movimientos, después de la feria envío escrito solicitando la remisión a primera instancia y me proveen téngase presente, desde el 4 de agosto aparece a despacho pero aún radicado en Cámara habiendo pasado dos meses.
Entiendo que los pasos procesales siguientes son, una vez que se remita a la primera instancia, notificar la firmeza de la sentencia a Anses para que empiece a correr el plazo de 30 días para el otorgamiento del beneficio y el de 120 días para el retroactivo, ahora la cuestión es cuánto suele demorar la remisión a primera instancia para poder continuar con la tramitación, ¿debería enviar mail a la Sala o al Juzgado para consultar o es habitual que demore algunos meses? Les agradecería a los colegas con experiencia en el fuero si me pueden orientar.

Muchas gracias siempre por la ayuda brindada.
Saludos,
Gisele.
 #1280800  por lucky
 
Cuando era presencial demoraban mucho en devolver el expte a primera instancia.
Con la virtualidad se redujo el tiempo y, salvo la espera por si Anses interpone el REX, lo devuelven rápido.
Seguí insistiendo con un escrito manifestando que no se trata de un reajuste sino del otorgamiento de un beneficio.
Y de acuerdo a lo que provean, envía un mail.
 #1280809  por gisepont
 
Muchas gracias Lucky por tu respuesta, voy a reiterar el escrito porque además hay una menor que espera el beneficio. Muchas gracias siempre por la excelente predisposición para ayudar.

Saludos,
Gisele.
 #1418439  por gisepont
 
Buenos días, les comento con relación a este caso, que al final envié un mail al juzgado y recién en ese momento pude destrabar el expediente. Se libró una intimación a Anses, la cual está notificada para que dé cumplimiento y aún nada. Fui a averiguar a Alsina y no hay expediente para el pago. ¿Tendría que presentar un nuevo escrito directamente pidiendo que se ejecute y acompañando liquidación tanto del haber como del retroactivo? ¿En ese escrito se manifiesta incumplimiento, se adjunta liquidación y se solicita se proceda al embargo? Se arma con una demanda, o es un escrito que se anexa al expediente en curso, porque he visto las dos posibilidades pero para reajustes. Es mi primer expediente judicial les agradecería si me pueden orientar. Gracias.
 #1418550  por lucky
 
¿En qué fecha notificaron a ANSES? Tené en cuenta que generalmente otorgan el beneficio y pagan el retroactivo entre los 4 a 6 meses. Y que para el seguimiento no se forma un 150 sino un 414 en caso de pensión.
Es llamativo que no hayan formado el expediente de cumplimiento de sentencia.
Si querés iniciar la ejecución, lo hacés en el mismo expediente con un escrito de ejecución adjuntando la liquidación. En especial, si fuera el haber mínimo, sería el mínimo más retroactivo. Y si fuera un haber mayor el cálculo del haber inicial con retro.
Y pedís que intimen a Anses a acreditar que hicieron las gestiones necesarias para formar el expte de cumplimiento de la sentencia y a pagar, bajo apercibimiento de astreintes o de comunicar al superior.
Como en toda ejecución va a haber traslados, impugnaciones, etc...
Poné énfasis en que se trata del otorgamiento del beneficio y no un simple reajuste.
 #1419981  por gisepont
 
Muchas gracias Lucky por tu amabilidad siempre para responder mis consultas. La sentencia de Cámara se notifica en marzo de 2021, en junio se rechaza el REX. Luego, despues de varios escritos, el expediente baja al juzgado a fines de noviembre y solicito se intime a Anses encontrándose firme la sentencia. Me proveen lo siguiente:
En atención a lo solicitado, intímese a la demandada para que en el plazo establecido en la sentencia que se ejecuta, (el cual se encuentra cumplido) otorgue el beneficio de pensión solicitado por ..., con más los intereses calculados conforme la Tasa Pasiva del BCRA, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 239 del C.P. NOTIFIQUESE, a la parte demandada en representación del Dr. Miguel Ángel de Franchi. (Área de pensiones e Invalideces), estando la misma a cargo de la parte actora, atento las especiales circunstancias.-
Ahora releyendo el proveído, pienso ¿si debía notificar con cédula papel personalmente en Paseo Colón? Porque yo notifiqué por DEOX el 20 de diciembre.
Voy a hacer el escrito en los términos que me indicas Lucky, veremos si de ese modo puede avanzar el otorgamiento del beneficio por parte de Anses porque hay una menor involucrada también. Con respecto a esto último, en la liquidación se debe detallar cuanto es lo que le corresponde a la menor o se hace la liquidación por el total a devengar.
Te agradezco nuevamente tu buena predisposición para ayudarme.

Saludos,
Gisele.
 #1420117  por lucky
 
Es poco preciso el proveído que ordena la notificación. Se tendría que haber pedido una aclaración o consultar por mail al juzgado. Pareciera que es por oficio.
Si ya notificaste, considerala válida y después ves si te la cuestionan.
Si la hija es menor de edad tenés que liquidar la parte de cada una.
 #1469814  por gisepont
 
Buenas tardes, sigo con el trámite de este expediente. El expediente ya volvió a primera instancia, se notificó a la Anses de que la sentencia ha quedado firme en diciembre 2021 y ya vamos por la segunda intimación que emite el Juzgado y Anses sigue sin formar el expediente para el pago de la pensión -menos aún para pagar el retroactivo-. Denuncié nuevamente el incumplimiento e inicié la ejecución. El juzgado no da lugar a la ejecución sino que reitera nuevamente la intimación por 5 días bajo apercibimiento del art. 239 del Código Penal. Es el juzgado número 5. Pensaba armar un nuevo escrito para que se oficie a Anses para que informe si ha formado el expediente de pago y solicitar se apliquen astreintes. Es mi primer expediente en seguridad social y por lo que había investigado generalmente el otorgamiento del beneficio no tardaba tanto -ya manifesté también que están los intereses de un menor involucrados-. Si me pueden dar alguna sugerencia desde la experiencia, super agradecida.


Saludos,
Gisele
 #1469821  por lucky
 
Lo de ANSES ya no sorprende. Cada vez paga menos sentencias, y encima no cumple las que otorgan beneficios.
Es una vergüenza!
Por ahora, por lo que ponés, sólo está el apercibimiento de la denuncia penal. Así que pedí se haga efectivo, aunque la verdad son poco eficaces y relativas esas medidas. Además hay que ver si la jueza tiene el coraje para hacerlo.
Hay una clara complicidad judicial con la política de Anses, con alguna que otra excepción.
Por otro lado, y dependiendo de lo que resuelvan, también pedí astreintes.
También podés liquidar el retro, y al menos intentar embargar eso.
O pedir lo que hizo la Dra. Braghini en el Juzgado 7 que citó a Raverta a dar explicaciones en una audiencia en “Santino, Mario Ramón c/ANSeS s/Reajustes varios”, Expte. 31705/2006 Juzgado N° 7, resolución del 25/8/21. Pagaron antes de la audiencia, y así evitó ir.

Lo real es que todos estamos más o menos en la misma.
Ahora comparto un video del Dr. Jáuregui comentando lo que está pasando, y de paso allí comentan que les observan 4 de cada 10 sentencias. Imaginate que nos queda al resto. Es decir, todos en mayor o menor medida tenemos los mismos problemas con Anses.

https://www.youtube.com/watch?v=tzWSna-HDfA
 #1469833  por gisepont
 
Muchas gracias Lucky por la respuesta. Es mi primer experiencia en el fuero y la verdad genera mucha impotencia. Mas sabiendo que la señora no tiene recursos y tiene una nena menor de edad a cargo, todo lo cual ya he manifestado. Entiendo que somos muchos en esta situación lamentablemente. Con relación al retroactivo, ya hice lo que me mencionas, liquidé el retro pero me respondieron que como no hay beneficio otorgado no corresponde dar tratamiento a la liquidación. Volveré a presentar un escrito expresando lo que me sugerís y compartiré luego si obtuve alguna respuesta distinta por parte del Juzgado.

Te agradezco mucho por tener la amabilidad de responder siempre Lucky.

Saludos,

Gisele