HOLA. TENGO UNA DUDA ES UN EMPLEADO CHAPISTA DE UNA CONCESIONARIA DE VENTA DE AUTOS NUEVOS Y USADOS. SE DEDICABA A ARREGLAR LOS AUTOS USADOS QUE ENTRABAN. EL CONVENIO APLICABLE ES EL Convenio Colectivo de Trabajo Nº 27/88? DESDE YA MUCHAS GRACIAS
MUCHAS GRACIAS POR TOMARSE EL TRABAJO DE CONTESTAR. SI HE LEIDO LOS CONVENIOS SERIA EL 740 DE 2016. PERO A LO MEJOR ME EXPRESE MAL. EN EL CONVENIO MENCIONADO DE ANTERIORMENTE HABLA DE EMPRESAS QUE SE DEDIQUEN A LA VENTA Y REPARACION DE AUTOS USADOS COMO LO ES MI CASO. POR ESO SE ME PRESENTO LA DUDA. A LO MEJOR UN POCO DE PERSECUTA... JAJA PERO SI LOS HE LIDO.... UN CONSEJO NO PEDIDO.... NO ES BUENA LA SOBERBIA. Y NO ES NECESARIO DENIGRAR AL OTRO PARA SENTIRSE UNO MEJOR. MUCHAS GRACIAS