Buen día. Les pregunto, dado que es la primer sucesión que hago, si en la práctica suelen presentar certificado de tasación para concluir en una regulación justa de honorarios. O bien dejan la valuación fiscal. En el caso que tengo, si bien la casa no está registrada como bien de familia, la valuación fiscal es de 350 mil en total. Mi temor es que el código de Entre Ríos habla de valores que "dieran lugar" a la afectación como bien de familia.
Mi cliente quiere venderla, por lo que una vez que llegue a la Declaratoria, es posible que aproveche de esa misma tasación.
Como se manejan en cuanto a los gastos que implica?
Muchas gracias por prestarme ésta ayuda para guiarme. Saludos a todos!
Mi cliente quiere venderla, por lo que una vez que llegue a la Declaratoria, es posible que aproveche de esa misma tasación.
Como se manejan en cuanto a los gastos que implica?
Muchas gracias por prestarme ésta ayuda para guiarme. Saludos a todos!