Es como dice Mer. Liquidás por la mayor cantidad de horas semanales por las que estaba registrado.
En el caso de que se presenten titulares invocando haber desempeñado tareas para varios
empleadores en forma simultánea, deberá liquidarse en el SICAM el empleador para el
cual desempeñó la mayor cantidad de horas, ya que el sistema no habilita la carga de
períodos simultáneos. Del mismo modo, no deberá exigirse el pago de la diferencia de
aporte con destino al Régimen de Seguridad Social para la obtención de las prestaciones
previsionales, cuando de la suma de las contribuciones patronales efectuadas al
trabajador, se alcance la suma de la contribución correspondiente al máximo de horas.