Hola colegas, tengo el caso de una cliente que con sus aportes de autonomos, puede jubilarse, ya que tien mas de 30 años como tal. Tiene ademas SDM muy pocos y problematicos y complicados para avalar. Mi pregunta es que si le puedo presentar el tramite de jubilacion sin considerar la relacion de dependencia en su totalidad y si hay alguna Resolucion que citar y que apruebe este procedimiento.
GRACIELA846 escribió: ↑Mié, 21 Sep 2022, 18:10 Hola colegas, tengo el caso de una cliente que con sus aportes de autonomos, puede jubilarse, ya que tien mas de 30 años como tal. Tiene ademas SDM muy pocos y problematicos y complicados para avalar. Mi pregunta es que si le puedo presentar el tramite de jubilacion sin considerar la relacion de dependencia en su totalidad y si hay alguna Resolucion que citar y que apruebe este procedimiento.Hola, si la persona llega con los 30 años como bien decís, seguro liquidas por Ley 24241: Se carga el SDM en situación de revista por más que de deuda y no lo necesites. Presentas formulario sobre documentación PS.6.294. Tenes que tener los 30 años para desestimar el SDM!!
Saludos.-