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  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1471345  por LauritaAbogada
 
Colegas: tengo una clienta, una chica humilde, no sabe quién es su padre biológico y en su infancia fue abusada por el padrastro. Lleva el apellido de la madre, una mujer alcohólica y maltratadora, que murió cuando era chica. Ella se fue a vivir con una familia adoptiva, sin que la adoptaran legalmente.
Su papá de crianza murió hace pocos meses, y ella quiere cambiar su apellido y llevar su apellido. A ella la conocen en todos los círculos con el apellido del padre de crianza.
La duda que me surge es si es posible adoptar el apellido que pertenece a una persona fallecida.
Gracias.
 #1471376  por LauritaAbogada
 
Ay Alonso Alonso, no es la primera vez que me ejercita en la paciencia en este foro.
Prohibido no está, hay que ver si es "justa causa" en los términos del art. 69 CCyCN.
 #1471377  por DRalonso
 
¡Y SI SABES TANTO, LAURITA!!!

¿QUE HACEN INFLANDO LA PACIENCIA?

NO DIJE PROHIBIDO - DIGO QUE ES TARRDEEE!!!
 #1471395  por ccolalongo
 
Además de la prueba, dependes de algo importante que te puede trabar todo el tema. El "padre de crianza" del que quiere su apellido, ¿tiene hijos o herederos forzosos como cónyuge? porque si los tiene te van a hacer la vida imposible diciendo que tu clienta "se quiere poner el apellido" para heredar. ¿Existe algún documento donde el "padre de crianza" la haya mejorado por testamento o alguna otra documentación?

Desde ya si hay hijos biológicos y más aún si llegara a haber bienes, te diría que va a ser muy complicado. Como te dijo DrAlonso puede ser tarde.
LauritaAbogada escribió: Jue, 27 Oct 2022, 13:11 Colegas: tengo una clienta, una chica humilde, no sabe quién es su padre biológico y en su infancia fue abusada por el padrastro. Lleva el apellido de la madre, una mujer alcohólica y maltratadora, que murió cuando era chica. Ella se fue a vivir con una familia adoptiva, sin que la adoptaran legalmente.
Su papá de crianza murió hace pocos meses, y ella quiere cambiar su apellido y llevar su apellido. A ella la conocen en todos los círculos con el apellido del padre de crianza.
La duda que me surge es si es posible adoptar el apellido que pertenece a una persona fallecida.
Gracias.
 #1471399  por DRalonso
 
DRA. COLALONGO: SUPONGAMOS SE CONOCEN TODOS Y SE LLEVAN MUY BIEN LOS HIJOS BIOLOGICOS Y ESTA CHICA, Y NO SE OPUSIERAN; ¿UD. LO VE VIABLE?
 #1471417  por ccolalongo
 
Suponiendo ese caso imposible, ¿cómo van a probar qué el muerto sin lazo biológico de ningún tipo con la "hija de crianza" quería adoptarla? es muy diferente de las filiaciones post mortem que son totalmente periciales, haya o no haya otros hijos ADN positivo y listo (dejando de lado que son otros procesos larguísimos y que te meten mil trabas por todos lados) la decisión de adoptar es personalísima, tendría que tener demasiadas pruebas y desde ya un juez con ganas de fallar muy "creativamente" adivinando que "el muerto la quería adoptar" si existiera aunque sea un expediente de adopción iniciado y no terminado podría con mucha suerte y un huracan a favor llegar a caminar. Pero como bien mencionó me parece que es tarde.
DRalonso escribió: Lun, 31 Oct 2022, 14:46 DRA. COLALONGO: SUPONGAMOS SE CONOCEN TODOS Y SE LLEVAN MUY BIEN LOS HIJOS BIOLOGICOS Y ESTA CHICA, Y NO SE OPUSIERAN; ¿UD. LO VE VIABLE?
 #1471420  por ClaudioFer
 
Ahora sí. Era como que estaban hablando de cosas diferentes. La consultante, o no tiene la menor idea de lo que está hablando, o se expresó muy mal, no como una letrada, sino como un lego, como cuando pregunta “si es posible adoptar el apellido que pertenece a una persona fallecida”, como si cualquiera de nosotros pudiera “adoptar” por propia voluntad cualquier apellido y eso tuviera algún efecto jurídico como emplazarnos en un estado de familia que no nos corresponde (si fuera así de fácil, yo querría llevar el apellido Rockefeller y acceder a su fortuna). En el título habla de “cambio de apellido”, y ese tema está regulado en el art. 69 del CCyC. No hay manera de cambiarse el apellido “para heredar”. Para ello debe mediar algún tipo de filiación que la emplace en carácter de hija para poder adquirir carácter de heredera ab intestato. Pero por el relato, a pesar del error mencionado, pareciera pretender referirse a una filiación por adopción post mortem, que ahí sí, en el hipotético caso de que la obtenga, podría heredarlo. Es exacto lo que menciona la Dra Colalongo, los casos en que ello ha tenido favorable acogida parecen ser casos en los que ha habido al menos un proceso de adopción iniciado en vida por el fallecido.
https://www.erreius.com/opinion/11/fami ... fallecidos
https://www.diariojudicial.com/nota/88456
https://aldiaargentina.microjuris.com/2020/08/14/69812/
https://www.pensamientocivil.com.ar/fal ... r-del-nino
Ahora si solo se trata de llevar el apellido sin pretensiones hereditarias, habría que analizar si el caso puede ser encuadrado en el mencionado art. 69 del CCyC, cuya enumeración de causales se ha entendido como no taxativa (cuando dice “entre otros” “justos motivos” a criterio del juez).
 #1471422  por LauritaAbogada
 
Gracias a todos por sus comentarios.

Nunca dije que la chica quería heredar al padre de crianza. No podría y tampoco tiene ninguna pretensión económica. Tampoco quiere ser reconocida como hija, porque no lo es. Simplemente a ella la conocen socialmente con el apellido del padre de crianza y además el apellido de la madre biológica le genera angustia. Aparentemente los padres de crianza obtuvieron la guarda hace muchos años pero no completaron el trámite de adopción (todavía no me trajeron la documentación).

Obviamente, puede cambiarse el apellido, eso está claro. La duda era si podía elegir el apellido de una persona fallecida. De eso no encontré jurisprudencia.

De última, puede elegir el apellido de la madre de crianza, que ella sí está dispuesta a dárselo.
 #1471430  por DRalonso
 
"Obviamente, puede cambiarse el apellido, eso está claro" ¡HUMMM! "si fuera así de fácil, yo querría llevar el apellido Rockefeller" CLAUDIO DIXIT
 #1471439  por ccolalongo
 
Si tenés documentación de esa guarda (papeles en mano y que se pueda oficiar a algun lado) y la "madre de crianza" viva, más los testigos para el inc. a y alguna denuncia de abuso para el inc. c; con mucho trabajo y buenas pruebas podría caminar, por ejemplo pericias psicológicas. Partida de nacimiento sin padre también.

En cuanto a los fallecidos, tuve en causa propia cambiar la carta de ciudadanía de mi padre (y era en Federal) estando fallecido porque pude probar que al momento que había adquirido una no había contado con asesoramiento letrado y había una ley muy específica.

En cuanto a que "no quiere heredar" o "no tiene interés económico" tomalo con pinzas, será que a uno los años lo hacen malo y desconfiado y jamás creo a ésta altura que alguién quiera "derecho a la identidad" por eso motivos tan "nobles".

Y como diría DrAlonso que siempre sabe de ésto ¡honorarios! esto no es barato ni facil.

Código Civil y Comercial Nacional
Artículo 69. Cambio de nombre

El cambio de prenombre o apellido sólo procede si existen justos motivos a criterio del juez.

Se considera justo motivo, de acuerdo a las particularidades del caso, entre otros, a:

a) el seudónimo, cuando hubiese adquirido notoriedad;

b) la raigambre cultural, étnica o religiosa;

c) la afectación de la personalidad de la persona interesada, cualquiera sea su causa, siempre que se encuentre acreditada.

Se consideran justos motivos, y no requieren intervención judicial, el cambio de prenombre por razón de identidad de género y el cambio de prenombre y apellido por haber sido víctima de desaparición forzada, apropiación ilegal o alteración o supresión del estado civil o de la identidad.
LauritaAbogada escribió: Mar, 01 Nov 2022, 13:09 Gracias a todos por sus comentarios.

Nunca dije que la chica quería heredar al padre de crianza. No podría y tampoco tiene ninguna pretensión económica. Tampoco quiere ser reconocida como hija, porque no lo es. Simplemente a ella la conocen socialmente con el apellido del padre de crianza y además el apellido de la madre biológica le genera angustia. Aparentemente los padres de crianza obtuvieron la guarda hace muchos años pero no completaron el trámite de adopción (todavía no me trajeron la documentación).

Obviamente, puede cambiarse el apellido, eso está claro. La duda era si podía elegir el apellido de una persona fallecida. De eso no encontré jurisprudencia.

De última, puede elegir el apellido de la madre de crianza, que ella sí está dispuesta a dárselo.
 #1471440  por DRalonso
 
¡EXCELENTE, COMO SIEMPRE, DRA. COLALONGO!!!

SERE CURIOSO: EN SU CAUSA PERSONAL ¿QUE PROCEDIMIENTO, Y QUE PRUEBAS USO?
 #1471441  por DRalonso
 
CLAUDIO: https://www.pensamientocivil.com.ar/fallos/2889- ¡SALE INEXISTENTE!
 #1471443  por LauritaAbogada
 
DRalonso escribió: Mar, 01 Nov 2022, 17:50 "Obviamente, puede cambiarse el apellido, eso está claro" ¡HUMMM! "si fuera así de fácil, yo querría llevar el apellido Rockefeller" CLAUDIO DIXIT
Hay muchos fallos que permiten el cambio de nombre si el que usa la persona le genera angustia. Por tanto, eso, en principio, se puede hacer.
Lo que no me queda claro es que uno pueda elegir el apellido de la persona que lo crió, habiendo ésta fallecido.
Rockefeller ? Pff, si usted es un seco.
 #1471444  por LauritaAbogada
 
Gracias Colalongo. Nunca hubo denuncia de abuso. Voy a ofrecer pericial psicológica, y en la partida de nacimiento no figura el padre. En cuanto a los honorarios, no me consta que Alonso sepa mucho. Capaz él cobra lo que cree que vale y no por lo que realmente vale, ahí sí que hace un negoción.