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  • ¿Cual es el plazo que tengo para oponerme a la prueba ofrecida por el demandado?

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 #1471470  por Rosa16
 
Tengo una gran duda:

Siendo yo la parte actora, y el demandado contesta la demanda y ofrece la prueba y el juez le tiene por contestada la demanda y por ofrecida la prueba, en CABA ¿Cual es el plazo que tengo para oponerme por escrito a la prueba ofrecida por el demandado? ¿puedo hacerlo hasta la audiencia del art. 360?
 #1471532  por Rosa16
 
Gracias Legales por siempre ayudarme, busqué en el Codigo Procesal Civil y Comercial de la Nación y dice que me puedo oponer en la audiencia.
¿En qué artículo dice lo que vos me informás? O eso que me decis es en Provincia?

legalescom escribió:La oposición debe ser fundada, ha de interponerse dentro del plazo de cinco días, que se cuenta independientemente para cada parte, desde la notificación del auto de apertura a prueba.
 #1471535  por legalescom
 
Art. 360 C.P.C.C.
...inc. 5 Proveerá en dicha audiencia las pruebas que considere admisibles y concentrará en una sola audiencia la prueba testimonial, la que se celebrará con presencia del juez en las condiciones establecidas en este capítulo. Esta obligación únicamente podrá delegarse en el secretario o en su caso, en el prosecretario letrado.
 #1471570  por ElExplorador
 
Si ya sabes que no existe el traslado de la prueba que ofrece el demandado, la oposición a la apertura a prueba se hace en la audiencia preliminar, te lo dice el propio art. 360 ¿por que haces esa pregunta tan obvia?

Rosa16 escribió: Vie, 04 Nov 2022, 20:14 Tengo una gran duda:

Siendo yo la parte actora, y el demandado contesta la demanda y ofrece la prueba y el juez le tiene por contestada la demanda y por ofrecida la prueba, en CABA ¿Cual es el plazo que tengo para oponerme por escrito a la prueba ofrecida por el demandado? ¿puedo hacerlo hasta la audiencia del art. 360?