Hola colegas. Represento a un trabajador y no se como proceder con la liquidacion de la ART Interacción.
El accidente es del año 2015. Iniciamos demanda que tramito en Tribunal de Trabajo de San Martin. La ART Interaccion entro en liquidacion en agosto 2016 (fecha de apertura de la liquidacion). En enero de 2021 uno de los liquidadores de la ART Interaccion que estaba presentado en el juicio laboral manifestó que la Superintendencia de Seguros de la Nación le habia revocado su autorización para representar a Interaccion. Pide que citemos a la Comision Liquidadora. El Tribunal ordena librar cedula y la COmision LIquidadora, luego de ser notificada no se presenta. Se toma la audiencia de vista de causa, y luego se dicta Sentencia a favor del actor mas costas. En diciembre de 2021 obtuve sentencia favorable. Pido notificar a la Comision Liquidadora al domicilio real (Av Belgrano). Los notifico en Febrero 2022 de la sentencia y liquidacion. No se presentan asi y todo. El Tribunal de oficio los declara rebeldes, y notifico por cedula dicha rebeldia en octubre 2022.
Ahora, mi duda es? como prosigo. Pedi que se cite al FONDO DE RESERVA, y el juzgado me provee "por improcedente no ha lugar".... QUe hago? pido se libre oficio al Juzgado de la liquidación? Me presento a verificar en la liquidación? Rige el plazo de seis meses para verificar? (si es asi estaria complicado, pues ya pasaron los 6 meses para presentar la verificacion)
PREGUNTO PORQUE NO SE NADA DE QUIEBRAS ni de liquidacion.
El accidente es del año 2015. Iniciamos demanda que tramito en Tribunal de Trabajo de San Martin. La ART Interaccion entro en liquidacion en agosto 2016 (fecha de apertura de la liquidacion). En enero de 2021 uno de los liquidadores de la ART Interaccion que estaba presentado en el juicio laboral manifestó que la Superintendencia de Seguros de la Nación le habia revocado su autorización para representar a Interaccion. Pide que citemos a la Comision Liquidadora. El Tribunal ordena librar cedula y la COmision LIquidadora, luego de ser notificada no se presenta. Se toma la audiencia de vista de causa, y luego se dicta Sentencia a favor del actor mas costas. En diciembre de 2021 obtuve sentencia favorable. Pido notificar a la Comision Liquidadora al domicilio real (Av Belgrano). Los notifico en Febrero 2022 de la sentencia y liquidacion. No se presentan asi y todo. El Tribunal de oficio los declara rebeldes, y notifico por cedula dicha rebeldia en octubre 2022.
Ahora, mi duda es? como prosigo. Pedi que se cite al FONDO DE RESERVA, y el juzgado me provee "por improcedente no ha lugar".... QUe hago? pido se libre oficio al Juzgado de la liquidación? Me presento a verificar en la liquidación? Rige el plazo de seis meses para verificar? (si es asi estaria complicado, pues ya pasaron los 6 meses para presentar la verificacion)
PREGUNTO PORQUE NO SE NADA DE QUIEBRAS ni de liquidacion.